
Recorrido de la normatividad de comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras
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Según la cual el Estado liberaba a los descendientes de los esclavos nacidos a partir de ese año.
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Desde este momento la población afrocolombiana fue libre.
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Por medio de la cual se aprueba "La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial", adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
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Reconoce constitucionalmente a las comunidades afrocolombianas como pueblo con derechos colectivos.
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Se aprueba el Convenio número 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, adoptado por la 76a. reunión de la Conferencia General de la O.I.T., Ginebra 1989”.
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Define comunidad negra y reconoce sus derechos colectivos sobre tierras y conocimientos ancestrales.
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Reglamenta el Capítulo III de la Ley 70 de 1993, se adopta el procedimiento para el reconocimiento del derecho a la propiedad colectiva de las "Tierras de las Comunidades Negras"
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Se conforma la Comisión Pedagógica de Comunidades Negras de que trata el artículo 42 de la Ley 70 de 1993
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Se aborda el concepto de comunidad negra con una marcada ascendencia (lingüística, étnica y cultural) africana.
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Se crea de la Cátedra de Estudios Afrocolombianos que comprende un conjunto de temas y actividades pedagógicas relativos a la cultura propia.
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Se establece el 21 de mayo como el Día Nacional de la Afrocolombianidad.
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Se reglamenta el proceso de selección mediante concurso para el ingreso de etnoeducadores afrocolombianos y raizales a la carrera docente.
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Modifica parcialmente el Decreto 3323 de 2005 y se reglamenta el proceso de selección mediante concurso especial para el ingreso de etnoeducadores afrocolombianos y raizales a la carrera docente.
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Medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de tierras a las víctimas pertenecientes a Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.