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La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial es uno de los principales tratados internacionales en materia de derechos humanos.
Fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 21 de diciembre de 1965, y entró en vigor el 4 de enero de 1969, luego de alcanzado el número de ratificaciones necesario. -
El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre pueblos indígenas y tribales, es una convención adoptada por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en 1989. Es el principal instrumento internacional sobre derechos de los pueblos indígenas. A 2016, ha sido ratificado por 22 estados.
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Aprobatoria del Convenio 169 de la OIT Pueblos
Indígenas y Tribales. Ratifica el Convenio 169 de
la OIT.
Art.2 “efectividad de los derechos sociales,
económicos y culturales”
Art.4 “salvaguarda de la cultura”Art.5”reconocimiento de las culturas”, entre otros -
Desarrolla el Art. Trans 55 de la Constitución
Política. Reconocimiento de las tierras de
comunidades negras, mecanismos de proyección
de la identidad cultural. -
Ley General de Educación Art. 57 y Decreto 804 de
1995 sobre educación de los grupos étnicos -
Adopta el procedimiento para el reconocimiento del
derecho a la propiedad colectiva de las “Tierras de
las Comunidades Negras -
Se establecen los parámetros para el Registro de Organizaciones de base de las Comunidades Negras y se dictan otras disposiciones.
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Se crean algunas normas a favor de la
población sorda
ley 324 de 1996, cuenta con 14 artículos los cuales son interpuestos para beneficios de los ciudadanos impedidos. -
La diferenciación positiva correspondería al reconocimiento de la situación de marginación social de la que ha sido víctima la población negra y que ha repercutido negativamente en el acceso a las oportunidades de desarrollo económico, social y cultural.
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Ley General de Cultura Art.1 num 6. “derecho de los
grupos étnicos a conservar, enriquecer y difundir su
identidad y patrimonio cultural”
Art.13 “proteger lenguas, tradiciones, usos y
costumbres y saberes de los grupos étnicos -
Por la cual se establecen mecanismos de
integración social de las personas con limitación -
Se crea el Sistema Nacional de Juventud con el
objeto de generar una articulación en la definición y
desarrollo de la política nacional de juventud -
Consulta previa con las comunidades indígenas y
negras para la explotación de los recursos naturales
dentro de su territorio -
Se institucionaliza el Programa Promoción y
protección de los derechos de los jóvenes -
Convención Interamericana para la eliminación
de todas las formas de discriminación contra las
personas con discapacidad -
Sobre la población infantil y joven en riesgo y en
desplazamiento -
Por medio de la cual se organiza el Sistema
Nacional de Discapacidad y se dictan otras
disposiciones -
Ley de Patrimonio Cultural:
Art.1 “de la conformación de ese patrimonio” -
Política para promover la igualdad de oportunidades
para la población negra, afrocolombiana,
palenquera y raizal -
Lenguas Nativas: Reconocimiento, fomento,
protección, uso, preservación y fortalecimiento de
las Lenguas de grupos étnicos de Colombia y sobre
sus derechos Lingüísticos y los de sus hablantes. -
Marco normativo para la protección integral de los
derechos del grupo étnico gitano. -
Esta ley tiene por objeto sancionar penalmente actos de discriminación por razones de raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual, discapacidad y demás razones de discriminación.
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“Prosperidad para todos” Igualdad de
oportunidades para la prosperidad social; políticas
diferenciadas para la inclusión social: grupos
étnicos