Reconocimiento de los Derechos Civiles y Políticos de la Mujer en Colombia
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Tuvo origen en la ascendencia en
nuestras leyes del Derecho Romano, de la
normatividad española y del Código Civil francés donde se decreto: que:
"El marido debe ejercer poder absoluto sobre las acciones de la mujer, queda subordinada y el marido debe proteger a la mujer y ella obedecerlo" -
Intento por consagrar los derechos femeninos, la aprobación del voto de la mujer fue anulado por la legislatura provisional de Vélez y no tuvo aplicación.
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Estableció el delito de adulterio solamente para la mujer. Ley expedida por el régimen conservador y clerical de la Regeneración
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Se redactó una declaración suscrita por 300 mujeres,
exigiéndole al presidente Marroquín hacer respetar los
derechos de Colombia en el Istmo, y encabezó una
marcha de protesta de mujeres por las calles de Bogotá. -
Estableció que: “La mujer casada tendrá siempre la administración y el uso libre de los siguientes bienes:
1. Los determinados en capitulaciones matrimoniales.
2.Los de su exclusivo uso personal como sus vestidos,ajuares, joyas, e instrumentos de su profesión u oficio.” -
La ley 124 de 1928 indica:
"Los depósitos hechos por las mujeres casadas a las Cajas
de Ahorro que funcionan legalmente se tendrán como bienes propios suyos, de que sólo pueden disponer las depositantes.” A partir de allí, La mujer ya era un factor que incidía en la producción y en el flujo del dinero. La vinculación de la mujer al mercado laboral se había acelerado en la industria textil y otros sectores. -
Impacto al mundo, en Colombia aceleró la vinculación de la mujer al impulso de la economía para contrarrestar la depresión económica y reconocer sus derechos civiles
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Autorizó la constitución a favor de la esposa e hijos de un patrimonio inembargable denominado“Patrimonio de Familia”.
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Se terminó con la incapacidad civil de la mujer este, fue un paso
fundamental en el reconocimiento de sus derechos civiles. Ana María Navarrete señala: “A partir de esta ley, la mujer casada mayor de edad pudo y sigue ejerciendo libremente la administración y disposición de sus bienes sin necesidad de autorización del juez,
cónyuge o representante legal". -
Se autorizo la concesión del titulo de bachiller para la mujer.
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En el artículo 8, se decretó que las mujeres capacitadas pudieran ser elegidas para desempeñar altos cargos públicos.
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Ley 28: Enrique Olaya Herrera y Alfonso López Pumarejo, con una ideología liberal realizaron algunos cambios en el país.
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En el gobierno de Gustavo Rojas Pinilla, se decreto el voto de la mujer, por medio del Acto Legislativo No 3 en la Asamblea Nacional Constituyente.
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Este año en la Reforma Constitucional Plebiscitaria, el articulo 1 afirmo: "Que las mujeres tendrán los mismos derechos políticos que los varones".
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El Decreto 1260 suprime la obligación de la mujer de
llevar el apellido del esposo, y aprueba que pueda
llevar el de soltera. -
Alfonso López Michelsen expidió el Decreto 2820 de 1974,
conocido como el Estatuto de igualdad jurídica de los
sexos.
-Potestad marital.
-Potestad parental.
-Responsabilidades por iguales partes, según sus capacidades y preparación.
-Igualdad -
Se estableció el divorcio para el Matrimonio Civil
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El artículo 1º de la norma dice:
“Colombia ratifica la Convención sobre eliminación de toda discriminación contra la mujer, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en la Conferencia Mundial celebrada en Copenhague, Dinamarca, en 1980”. -
Excluían a la mujer ciudadana y sus derechos, obligaciones,
responsabilidades y beneficios. “Son ciudadanos los colombianos
varones de veintiún años, que ejerzan profesión, arte
y oficio, o tengan ocupación licita y otro medio
legítimo y conocida subsistencia.” -
“La mujer y el hombre
tiene igualdad de derechos, libertades y
oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a
ningún tipo de discriminación…