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El estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural en Colombia.
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la Resolución V "Salud de los Pueblos Indígenas", aprobada por
la XXXVII Reunión del Consejo Directivo de la OPS, el 28 de septiembre de 1993,donde exhortan a los países miembros a extender los beneficios de los regímenes de seguridad social a los pueblos indígenas. -
Sentencia C-086 de 1994 Se establece que los Raizales son un grupo étnico claramente definido.
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Se obliga a tomar medidas normativas y judiciales en protección a la mujer.
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Se definen lineamientos para garantizar los derechos de los Colombianos basados en el respeto a la diversidad.
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Se reconoce el pueblo Rrom (gitano) como grupo étnico Colombiano.
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Se establece el día nacional de la afrocolombianidad.
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Liderada por Brasil. La conferencia compromete a todos los países del continente con la prevención y la sanción de la discriminación por orientación sexual.
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Señala la obligación de los estados en proteger a las personas de la discriminación, que pueda resultar de su orientación sexual.
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Se determina el plan de igualdad de oportunidades para la equidad de genero en el Distrito Capital.
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Se establece el Sistema Distrital de Atención Integral a Personas con Discapacidad en el Distrito Capital.
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El Acuerdo 165 reconoce como evento de interés cultural el encuentro Internacional de Expresión Negras.
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Se define el Código de la Infancia Y adolescencia el cual determina las medidas de protección y garantías tanto a las niñas, niños y adolescentes.
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Según Sentencia C-075/07 se reconocen los derechos por primera vez de las parejas del mismo sexo.
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Esta ley define un régimen especial de protección, sostenibilidad, divulgación y estímulo para los bienes del patrimonio cultural de la Nación que sean declarados como bienes de interés cultural en el caso de bienes materiales y para las manifestaciones incluidas en la Lista Representativa de Patrimonio .
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Se promueve el uso de lenguaje incluyente.
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El Decreto Distrital 192 de 2010, "Por el cual se adopta el
Plan de Acciones Afirmativas para el reconocimiento de la Diversidad Cultural y la Garantía de los Derechos de la Población Afrocolombiana, Negra y Palenquera en el Distrito Capital y se ordena su ejecución" -
Desarrolla los avances con respecto a las personas de los sectores LGBTI y el reconocimiento de la diversidad sexual y de género que se venían haciendo bajo el anterior plan de desarrollo.
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Modifíquese el artículo 1° de la 2011 ley 1482 Esta ley tiene por objeto sancionar penalmente actos de discriminación por razones de raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual, discapacidad y demás razones de discriminación.
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Por el cual se adiciona la Sección 2 al Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social en relación con el Sistema de Habilitación de las Entidades Promotoras de Salud Indígenas - EPSI, aplicables durante el periodo de transición al Sistema Indígena de Salud Propia e Intercultural - SISPI-
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"Por el cual se redefine el territorio ancestral de los pueblos Arhuaco, Kogui, Wiwa y Kankuamo de la Sierra Nevada de Santa Marta, expresado en el sistema de espacios sagrados de la 'Línea Negra', como ámbito tradicional, de especial protección, valor
espiritual, cultural y ambiental, conforme los principios y fundamentos de la Ley de Origen, y la Ley 21 de 1991. -
Lopez, 2011 https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/
Alejandra Gaviria, 2017, https://www.minsalud.gov.co/
Garcés Córdoba, 2018, https://dapre.presidencia.gov.co/
http://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/sites/default/files/adjuntos_paginas_2014/lineamientos_de_enfoque_poblacional_diferencial_noviembre_18.pdf