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Tres empresas carboníferas tramitan licencia ambiental para la construcción de una unidad de abastecimiento flotante en Mingueo, la cual fue negada por comprobarse presencia de comunidades indígenas y lugares sagrados.
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Mediante la Resolución No. 1298 de junio 30 de 2006 el Ministerio de Interior y Justicia otorgó la licencia ambiental para la construcción y operación de un puerto multipropósito a la empresa Brisa S.A.
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El Ministerio de Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial mediante la Resolución No. 1969 de octubre 4 de 2006 suspende las obras. A partir de esta fecha Brisa S.A se inicia el proceso de concertación con los indígenas.
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Se da por terminado el proceso de concertación. Los cuatro grupos indígenas se unen y reiteran su posición ante el proyecto.
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El Ministerio de Interior y Justicia levanta la suspensión de las obras y a sus vez los representantes legales de los grupos indígenas inician una acción de tutela ante la Corte Constitucional para defender sus derechos, la cual es rechazada dos meses después. Posteriormente se presenta recurso de impugnación ante la Sala Penal de Bogotá la cual ratifica la decisión de la Corte Constitucional. El proyecto termina ejecutándose.