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La Declaración Universal de los Derechos del Hombre establece el derecho de la persona a no ser objeto de injerencias en su vida privada y familiar, su domicilio o su correspondencia.
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El convenio para la protección de los derechos y las libertades fundamentales reconoce el derecho de la persona al respeto de su vida privada y familiar de su domicilio y correspondencia.
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El pacto internacional de derechos civiles y políticos señala que nadie será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada.
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Se constituyó en el seno del Consejo de Europa una Comisión Consultiva para estudiar las tecnologías de información y su potencial agresividad hacia los derechos de las personas, especialmente en relación con su derecho a la intimidad.
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La convención americana sobre derechos humanos establece que nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada.
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Se aprueba la ley de protección de datos de la República Federal Alemana, mucho más ambiciosa que su predecesora del Land de Hesse.
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Se publica en Francia la ley de informática, ficheros y libertades que aun se encuentra vigente.
Dinamarca con la ley de ficheros públicos y privados.
Austria con la ley de protección de datos. -
Luxemburgo con la ley sobre la utilización de datos en tratamientos informáticos.
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La recomendación de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, constituye el primer instrumento en el ámbito supranacional que a analiza a profundidad el derecho a la protección de datos de carácter personal.
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Promulgación del convenio N. 108 para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de los datos de carácter personal por el consejo de Europa.
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La Resolución 45/95 de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas contiene principios en materia de protección de datos personales en un ámbito de aplicación mundial.
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Se aprueba la Directiva 95/46, referido exclusivamente a la protección de datos de carácter personal.
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Se crea en Brasil la ley n.9.507, que regula el derecho de acceso a la información y habeas data.
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Los artículos 25 y 26 de la Directiva 95/46/CE, establecen un régimen específico para los flujos transfronterizos de datos personales hacia países distintos de los estados miembros.
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El Foro de Cooperación Economía Asia Pacífico desarrollo los lineamientos generales en la materia
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Chile se limita a regular a través de la Ley 19.628 sobre la Protección de la Vida Privada, modificada por la Ley 19.812, de 13 de junio de 2002.
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Argentina promulga la ley 25.326 de protección de datos personales.
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La Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea reconoce el derecho a la protección de datos con el carácter de fundamental en su artículo 8.
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En México se crea la ley federal de transparencia y acceso a la información pública gubernamental.
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La comisión Europea declara que la legislación argentina garantiza un nivel adecuado de protección.
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En Bolivia se aprobó por los miembros de la red, el documento que contiene las directrices para la armonización de la protección de datos.
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En México existe el reglamento del registro de archivos de datos personales.
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El IFAI publica en el DOF los lineamientos de protección de datos personales, que tienen por objeto establecer políticas generales y procedimientos
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Se adicionan 2 párrafos al art. 16 de la CPEUM para reconocer el derecho a la protección de datos personales.
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En panamá se publica la ley n. 6 prevé la acción de habeas data.
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En México se publican las recomendaciones sobre medidas de seguridad aplicables a los sistemas de datos personales.
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Se publica en el DOF la reforma al art. 6 de la CPEUM con el objeto de homologar el derecho de acceso a la información pública gubernamental.
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En México se vota con unas modificaciones mínimas la propuesta para reconocer al derecho a la protección de datos personales como derecho fundamental autónomo.
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Se deroga en Uruguay la ley 17.838 de protección de datos personales para ser utilizada en informes comerciales y acción de habeas data del 24 de septiembre del 2004.
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Uruguay dispone de la ley 18.331 de protección de datos personales y acción de Habeas Data.
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Se aprueba en Colombia la ley 1226 que contiene disposiciones relativas al habeas data.
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La constitución política de la República Dominicana establece que toda persona tiene el derecho a acceder a la información y a los datos que sobre ella o sus bienes reposen en los registros oficiales o privados.
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Se aprueba en México la ley federal de protección de datos personales en posesión de los particulares.
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Se aprueba en Perú la ley 29733 de protección de datos personales.
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Se aprueba en Costa Rica la ley 8968 de la protección de la persona frente al tratamiento de sus datos personales.
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Se dicta sentencia de la corte constitucional de Colombia relativa a las disposiciones generales de la protección de datos.
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En México se aprueba el reglamento de la ley federal de protección de datos personales en posesión de los particulares.
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Entra en funcionamiento la agencia de protección de datos de la República de Costa Rica.
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Se aprueba en Nicaragua la ley de protección de datos personales.
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La unión europea reconoce que la República Oriental de Uruguay ya dispone de un nivel adecuado de protección.