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La Cortes de Cádiz, reconoce por vez primera los derechos de autor, decretando que solo los autores o a quienes solo ellos autoricen podían imprimir sus obras, así como sus herederos durante 10 años.
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Una real orden instituyo el principio por el cual la propiedad intelectual pertenecía a los autores de por vida y a sus herederos, pasados diez años de la muerte del autor.
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Se pública la primera ley que reconoció de forma extensa y clara los derechos de autor durante 25 años. Los beneficiarios eran tanto los autores literarios como los traductores, compositores musicales, etc.
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Se aprueba una nueva ley, que incluye la creación del Registro de la Propiedad Intelectual, y se fijan los derechos de los autores en 80 años tras su fallecimiento.
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Se rebajan los derechos de autor a 70 años tras la muerte del creador. Se contempla por vez primera a canon digital.
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Se aprueba el canon digital, que se aplica a los Cd´s y DVD's vírgenes, gracias a un acuerdo entre la patronal Asimelec y las entidades de gestión de derecho de autor.
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Se modifica la Ley de Propiedad Intelectual donde se recoge la decisión de extender el canon a nuevos soportes que permitan la duplicación y reproducción de las obras protegidas.
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Se pública en el BOE la ley SINDE, que establece por vez primera medidas contra la piratería.
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El Gobierno del PP aprueba el reglamento que desarrolla la ley SINDE, que complementa la creación de una comisión administrativa para perseguir la piratería.
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Se modifica el Código Penal, que incorpora a penas de prisión para quienes se lucren para enlazar a páginas protegidas por derechos de autor. Se inicia el proceso para reformar la ley de Propiedad Intelectual.