-
Se reconoce el Derecho a la vida privada de las Personas, el derecho al respeto a la vida privada o intimidad, al honor e incluso a la imagen propia, son considerados ya como derechos humanos fundamentales, establecidos por diversos instrumentos internacionales como son la Declaración Universal de los Derechos Humanos aprobada por la Asamblea General de las Naciones
-
1973, en Suecia, entra en vigor la primera ley en el mundo para la protección de la información de particulares contando con un organismo que supervisará el cumplimiento de la
misma llamado Data Inspektion Board. -
En 1980, en el marco de la OCDE pronuncia una recomendación indicando las pautas relativas a la protección de la privacidad y límites de transferencia de datos personales, que constituyó el primer instrumento supranacional que analiza a profundidad el derecho a la protección de estos datos.
-
Se conmemora la protección de datos personales tiene su origen en el tratado del Consejo de Europa titulado “The Convention for the protection of individuals with regard to automatic processing of personal data” firmado en 1981. Este tratado ha sido ratificado en 5 ocasiones por todos los miembros del Consejo y otros estados no europeos como Uruguay y México.
-
1997, Brasil como primer país latinoamericano promulga una Ley de Protección de Datos
-
Año en que se aprueba la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, donde se realza la protección de los datos personales como un derecho fundamental
-
México toma la iniciativa con la entrada en vigor de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y la creación del organismo que se encarga de supervisar la mencionada ley.
-
Se presenta en México al pleno de la Cámara de Diputados un proyecto que reforma el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se formula como regente del ejercicio de acceso a información la protección de los datos personales y lo referente a la vida privada,
-
Dentro de la mencionada Ley se indica que los sujetos que se encuentran como responsables
del tratamiento de datos personales, deberán observar los principios de licitud, proporcionalidad, calidad, finalidad, consentimiento, información, lealtad y responsabilidad, previstos en la Ley. -
Con la aprobación del proyecto de decreto el Estado Mexicano da el primer paso al reconocer el derecho de protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo, contribuyendo a mejorar la dignidad humana al garantizar la no injerencia y uso indiscriminado y excesivo de los datos de las personas que circulan a diario por el avance de las tecnologías de la información.
-
se produce la transformación como un organismo público
descentralizado de la Administración Pública Federal con autonomía operativa del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, al cual se le nombrará IFAI. Dentro de la mencionada Ley se indica que los sujetos que se encuentran como responsables del tratamiento de datos personales, deberán observar los principios de licitud, proporcionalidad,
calidad, finalidad, consentimiento,