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Se publica un aviso por 5 días en el Boletín Oficial y en uno o mas periódicos del lugar
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Antes de la operación de transferencia el vendedor deberá entregar al comprador una nota firmada con la siguiente información:
-Detalle de los créditos adeudados
- Nombre y domicilio de acreedores
- Monto de los créditos adeudados
- Fechas de vencimiento si las hay -
Dia en que se inicia el procedimiento para transferir un fondo de comercio
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Desde la última publicación realizada en los términos del artículo 2 de la Ley 11.687, los acreedores tendrán 10 días para notificar su oposición a la operación de transferencia. Deberá cursarse al presunto comprador en el domicilio denunciado en la publicación reclamando la retención del importe de su crédito y el correspondiente deposito de las sumas retenidas.
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Desde la notificación de la oposición a la transferencia, el acreedor que se hubiera opuesto, tendrá 20 días para trabar embargo judicial.
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El documento de venta deberá extenderse por escrito e inscribirse dentro de diez días en el Registro Público de Comercio o en un registro especial creado al efecto.