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Publicación del aviso por 5 días en el diario de publicaciones legales y uno o mas diarios del lugar donde funciona el establecimiento.
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Desde la ultima publicación realizada en los términos del articulo 2 de la Ley 11.687, los acreedores tendrán 10 días para notificar su oposición.
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Desde la notificación de oposición a transferencia , el acreedor tendrá 20 días para trabar embargo judicial. Se analiza el supuesto que hubiese notificado oposición el día 06.01.
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Si no existe oposición de parte de los acreedores y siempre y cuando, existiendo oposición, se hubieran realizado las correspondientes retenciones y depósitos, a partir de esta fecha se puede firmar el documento de transmisión.
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Dentro de los 10 días de otorgamiento del Documento de Transferencia, deberá inscribirse en el Registro. Se analiza el supuesto que el documento firmado fue el día 16.01.2021.