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Por 5 Días en el Boletín Oficial y en uno o mas diarios del lugar de funcionamiento del establecimiento a transferir
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Información sobre Créditos Adeudados detallando Nombre y Domicilio de los Acreedores, Montos y Fechas de Vencimientos
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Se cumplen los 5 dias de publicaciones en el Boletin Oficial, tomando en cuenta que él mismo solo se emite los martes y viernes
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Los Acreedores pueden ejercer este derecho al comprador o al rematador o escribano interviniente solicitando la retención de su crédito
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El Acreedor que ejerce este derecho puede solicitar el embargo judicial de los fondo
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Finalización del periodo para ejercer el derecho
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Sin haber ejercido el derecho de oposición o en caso de haber existido se realizaron las retenciones y depositos
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Inscripción en el Registro Publico
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El documento de Transferencia por escrito debe publicarse en el Registro Publico
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En caso de haber ejercido el derecho de Oposición