Principales cambios en la Administración Pública Federal

  • Decreto sobre el establecimiento de los Ministerios que aporobó la Junta Soberana Provisional Gubernativa

    Decreto sobre el establecimiento de los Ministerios que aporobó la Junta Soberana Provisional Gubernativa
    Estableciendo 4 denoiminados: Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra (Sierra, s.f.).
  • Artículo 117 de la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos

    Artículo 117 de la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos
    Establece que habrá cierto número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno
  • Artículo 85, Sección II de la Constitución Federal

    Artículo 85, Sección II de la Constitución Federal
    Facultó al presidente para nombrar y remover libremente a los secretarios del despacho, pero sin mencionar cuántos habían de ser y el nombre de los ministerios.
  • Venustiano Carranza expide la Ley de Secretarías de Estado

    Venustiano Carranza expide la Ley de Secretarías de Estado
    Creó organismos auxiliares del Poder Ejecutivo, siete Secretarías de Estado y 5 Departamentos
  • El General Manuel Ávila Camacho expide 2 Leyes

    El General Manuel Ávila Camacho expide 2 Leyes
    Elevó a categoría el Departamento de Marina y Departamento de Trabajo a Secretarías, quedando el último como Secretaria del Trabajo y Previsión Social.
  • Nueva Ley de Secretarías y Departamentos de Estado

    Nueva Ley de Secretarías y Departamentos de Estado
    Marca un cambio relevante en la administración pública
  • Reforma constitucional, artículo 90 J. L. Portillo

    Reforma constitucional, artículo 90 J. L. Portillo
    “Precisa que la Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal; adiciona en la centralización a los Departamentos Administrativos". Evento relevante para la APF.
  • Se crea la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal

    Se crea la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal
    Su función consiste en dar apoyo técnico jurídico al Presidente de la República, Revisar los proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos, nombramientos, entre otras.