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Creacion de la Aduana de Buenos Aires
La creación de la Aduana en Buenos Aires fue fundamental para organizar el comercio exterior del Virreinato. La función principal era controlar la entrada y salida de mercancías, marcando un avance hacia la formalización de la actividad comercial. Además, estuvo directamente ligada a la aplicación de tributos y aranceles, consolidando el rol del Estado en la regulación del intercambio comercial. -
Creacion del consulado de Buenos Aires
En 1794 se creó el Consulado de Comercio de Buenos Aires, primer tribunal mercantil del país. Resolvía conflictos comerciales y regulaba la actividad con base en las Ordenanzas de Bilbao, las Leyes de Indias y, posteriormente en forma de las de Castilla. Estaba integrado por comerciantes elegidos por sus pares, lo que aseguraba un tratamiento ágil, especializado y autónomo respecto de la justicia civil tradicional. -
Asamblea del año XIII
La Asamblea implementó medidas económicas, como la creación de la matrícula para comerciantes nacionales. Además, reguló las consignaciones y estableció a los contadores peritos en juicios mercantiles, sentando las bases del nexo entre contabilidad y derecho comercial. -
Creacion de la bolsa mercantil
Aunque tuvo una corta duración, la Bolsa Mercantil fue el primer intento institucional de ordenar el mercado de transacciones, regulando a corredores y martilleros. Se sancionó una ley que normaba su actividad, estableciendo las bases de un mercado formal con reglas claras para sus operadores. -
Decretos impulsados por Bernardino Rivadavia
Rivadavia impulsó tres decretos fundamentales sobre actos, causas y alzada de comercio, buscando modernizar y organizar el Estado. Estas medidas unificaron criterios y aportaron previsibilidad a las relaciones comerciales, siendo un antecedente directo del sistema codificado que vendría después. -
Decreto de Juan Manuel de Rosas
Rosas eliminó los concursos de acreedores, afectando el crédito mercantil con una medida autoritaria. En 1858, esta decisión fue revertida, restableciendo la protección legal para acreedores y deudores en contextos de crisis económica. -
Proyecto del codigo de comercio en Buenos Aires
Se encargó al jurista uruguayo Eduardo Acevedo, con colaboración de Vélez Sarsfield, la redacción de un Código de Comercio. En 1859, Buenos Aires, aún fuera de la Confederación, aprobó sin debate un Código de Comercio redactado por Acevedo y Vélez Sarsfield. Entró en vigencia en 1860, solo en la provincia, y fue clave para la codificación nacional posterior, inspirado en el modelo francés. -
Regimen del codigo de comercio
Empieza a regir en Buenos Aires el codigo de comercio -
Se sanciona el codigo de comercio a nivel nacional
Tras la reincorporación de Buenos Aires, el Congreso sancionó la Ley N.º 15, extendiendo el Código de Comercio porteño a todo el país. Esto unificó el régimen mercantil y marcó el inicio de la codificación del derecho privado en Argentina. -
Se sanciona el Codigo Civil
Al sancionarse se plantea la necesidad de reformar el codigo de comercio -
Primera reforma a gran escala del Codigo de Comercio
La reforma modernizó el Código de Comercio al reconocer los usos y costumbres como fuente del derecho, eliminar la exigencia de matrícula para ser comerciante y modificar normas sobre contratos, títulos valores, transporte, quiebras, fianzas y sociedades. Esta actualización fue impulsada por la sanción del Código Civil en 1869, con el objetivo de evitar contradicciones entre ambos cuerpos legales y avanzar hacia una normativa más coherente y moderna. -
Decreto de Ley Nº 5965/63
La norma reguló integralmente las letras de cambio y pagarés, claves para el financiamiento comercial. Incorporó conceptos modernos como títulos ejecutivos, endoso y requisitos formales. Detalló los derechos y obligaciones entre librador, librado y tenedor, fortaleciendo el crédito comercial y aportando mayor seguridad y previsibilidad a las operaciones financieras. -
Ley Nº 17.418
Ley de contratos y seguros.
La ley estableció un régimen integral y autónomo para el contrato de seguros en Argentina. Regula condiciones generales, derechos y deberes de asegurado y asegurador, siniestros, primas y coberturas. Distingue entre seguros patrimoniales y de personas, e incorpora un capítulo específico sobre seguros colectivos y reaseguro, fortaleciendo así la estructura legal del sector asegurador. -
Ley Nº 19.550
Ley general de sociedades.
Esta ley sustituyó el régimen societario del Código de Comercio, convirtiéndose en el marco legal de las sociedades comerciales. Reconoce tipos como la Sociedad Anónima, SRL y Sociedad Colectiva. Regula su constitución, funcionamiento, reformas, disolución y liquidación. Introduce figuras clave como la sindicatura, el directorio y la responsabilidad de los administradores, modernizando la organización empresarial en Argentina. -
Ley Nº 20.094 y Ley Nº 20.266
Ley de Regimen de la navegacion y ley de Regimen de martilleros y corredores.
Ambas leyes profundizan la especialización del derecho comercial. La Ley 20.094 regula contratos y relaciones de la navegación marítima y fluvial, incluyendo transporte, responsabilidad del armador y abordajes. La Ley 20.266 regula la actividad de martilleros y corredores, exige matrícula profesional y establece sus derechos, deberes y marco de actuación, profesionalizando su labor. -
Ley Nº 24.452 y Ley Nº 24.522
Ley de regimen de cheques, y ley de regimen de concursos y quiebras.
La Ley 24.452 regula detalladamente los tipos de cheques y aspectos como circulación, protesto, caducidad, endoso y cobro, brindando seguridad a bancos y usuarios. La Ley 24.522 establece los procedimientos de concursos preventivos y quiebras, incorpora figuras como el salvataje y acuerdos extrajudiciales, y busca preservar la continuidad de las empresas y los puestos de trabajo ante crisis financieras -
Ley 26.579
Se modifica la mayoria de edad.
Pasa de 21 a 18 años -
Entra en vigencia el codigo civil y comercial de la nacion
El 1 de agosto de 2015 entró en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial, derogando el Código de Comercio de 1862. Eliminó nociones clásicas como “comerciante” y “acto de comercio”, reorganizando todo bajo el eje de la actividad económica, el empresario y la empresa. Aunque se unificó la normativa, el derecho comercial no desapareció como disciplina, manteniendo su relevancia en el análisis jurídico y económico actual