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En nuestro territorio durante la época de dominación española, se aplicaron las leyes indias (normas creadas especialmente para las colonias americanas), regulaban la vida social, la política y la economía del pais, como también de los habitantes y de manera supletoriamente "las leyes de castilla"
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Creación de la primera audiencia de Buenos Aires, abarcando el territorio del Rio de la Plata, haciendo interferencia en el contrabando, defendiendo intereses de comerciantes, siendo que los impuestos y contribuciones sostenían la corona.
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Regulaban específicamente el comercio terrestre y marítimo
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El rey Carlos iii daba nacimiento a la Aduana de Buenos Aires, creada por Real Cedula el 25 de junio de 1778 y su puesta en funcionamiento como tal el 1 de marzo de 1779 para, luchar contra el contrabando, controlar las operaciones y recaudar.
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Organismo que funcionaba como tribunal en asuntos mercantiles, tenia una doble función judicial- administrativa, y establecía orden de preferencia de las normas aplicables. Conformada por un prior, nueve consiliarios, un sindico, un secretario, un contador y un tesorero.
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Creación por Asamblea del año 1813 de la matricula para "comerciantes nacionales", nomas sobre las consignaciones y nombramiento de contadores peritos en litigio comercial.
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Creación por Asamblea del año 1813 de la matricula para "comerciantes nacionales", nomas sobre las consignaciones y nombramiento de contadores peritos en litigio comercial.
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Se creo la bolsa mercantil, que se instala en el año 1822 y funciono por breve lapso También se dicto la ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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Por aspiración de Rivadavia se dictaron 3 decretaros: ACTOS DE COMERCIO, CAUSAS DE COMERCIO Y ALZADA DE COMERCIO.
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Rosas por decreto suprimió el concurso de acreedores, derogado mas tarde en el año 1858
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El código fue redactado por Eduardo Acevedo de nacionalidad uruguaya y el argentino Dalmacio Vélez Sarsfield.
En 1857 se presento al poder ejecutivo y se aprobó en 1859 comenzando a regir solo en la provincia de Buenos Aires en 1860. -
En 1869 se sanciono el código civil lo que planteo la necesidad de reformar el código de comercio.
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Las principales modificaciones fueron:
- El valor de los usos y costumbres como fuente del derecho
- Cambios en la reglamentación sobre corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras.
-Ajuste en los contratos de mutuo, deposito y prenda quitando el material que se consideraba civil. -
Se sanciona el decreto- ley 5965/63 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo regimen sobre letras de cambio y pagares.
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Se sanciona la ley N.º 17.418 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo regimen de seguros.
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Se sanciona la ley 19.550 que incorpora al nuevo código de comercio un nuevo regimen sobre sociedades
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Se sanciona la ley 20.094 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo regimen para la navegación y la ley 20.266 que incorpora un nuevo regimen para los martilleros
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Se sanciona la ley 24.452 que incorpora la viejo código de comercio un nuevo regimen de cheques y la ley 24.522 se incorpora un nuevo regimen de concursos y quiebras.
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Se sanciona la ley 26.579 que entre otras cosas modifica la edad para adquirir la mayoría de edad pasando de 21 a 18 años.
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el 01-08-2015 se produjo una gran reforma del codigo de comercio, en esta oportunidad el codigo de comercio fue derogado y paso a regir el pais el CODIGO CIVIL Y COMERCIAL, este codigo es el que se encuentra vigente en nuestro pais y es la principal fuente del derecho comercial.
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El nuevo "CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION", considera a las personas en forma unificada y las clasifica como personas jurídicas, sin diferenciar entre sujetos comerciales y civiles
En esta materia de sociedades no existe mas la sociedad civil ni tampoco la sociedad comercial.