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Carlos V emitió las Leyes de Indias mediante las cuales se regulaba la vida social, económica y política de las colonias. Se referían a asuntos religiosos, deberes y competencias de los gobernadores y virreyes, a la organización comercial y a las condiciones sociales de los indígenas.
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- Año 1542: Carlos V emitió las Leyes de Indias mediante las cuales se regulaba la vida social, económica y política de las colonias. Se referían a asuntos religiosos, deberes y competencias de los gobernadores y virreyes, a la organización comercial y a las condiciones sociales de los indígenas.
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Estas Ordenanzas regulaban específicamente el comercio terrestre y marítimo. Trataba temas como los comisionistas, los apoderados mercantiles, el carretaje mercantil, las sociedades colectivas y comanditarias conformes de la época, el régimen de los capitanes, tripulantes y el de los oficiales, las definiciones de sociedades. (https://web.archive.org/web/20160311193455/http://www.forulege.com/dokumentuak/Las_Ordenanzas_de_Bilbao_como_antecedente_de_la_Codificacion_Mercantil_en_Espa%C3%B1a.pdf)
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Este organismo actuaba como tribunal en asuntos mercantiles y seguía la tendencia continental de separar la jurisdicción civil de la mercantil.
Se ocupaba de los juicios mercantiles y de los problemas de la policía del comercio y establecí el orden de prelación de las normas aplicables.
Estaba conformado por un prior, dos cónsules, nueve consiliarios, un síndico, un secretario, un contador y un tesorero. -
En la Asamblea del Año XIII se creó la matrícula para Comerciantes nacionales junto con nomas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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La Bolsa Mercantil sirvió como antecedente inmediato para la creación de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y comenzó a funcionar por inciativa de Bernardino Rivadavia.
Algunas de las funciones de los corredores era la de corredores de mercancias, de seguros, de transportes de agua y tierrra, además de ser agentes de cambio. -
El Código fue redactado por los juristas Eduardo Acevedo y Dalmacio Vélez Sarsfield, originalmente fue utilizado en el Estado de Buenos Aires que se encontraba separado del resto de las provincias reunidas en la Confederación Argentina. Luego de la unificación de la Argentina, el Código fue declarado nacional y comenzó a regir en todo el país.
Los autores incluyeron muchas normas de carácter civil dentro de este Código, ya que para ese entonces no existía un Código Civil. -
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Las principales modificaciones fueron:
1. El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos;
2. Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir calidad de comerciante;
3. Cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte,bolsas, sociedades, compraventa, fianza, cheques y quiebras;
4. Ajuste en los contratos de mutuo, depósito y prenda, quitando el material que se consideraba civil. -
Mediante la sanción del Decreto-Ley 5965/1963 se incorpora al Código un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
Regula que las mismas deben contener la promesa de pagar una suma determinada de dinero, el nombre de quien debe hacer el pago, el plazo y lugar del mismo, la fecha y lugar de creación y la firma de quien crea el documento.
Tambien hace algunas salvedades respecto de ciertas cisrunstancias. -
Se sanciona la ley N° 17418 que incorpora al Código un nuevo régimen de seguros.
Regula el plazo para impugnar, los reajustes del seguro de vida después del siniestro, la pueba del contrato, la póliza, la diferencia entre póliza a la orden y al portador, los seguros de personas, el cumplimiento del asegurador, el período del seguro, la cláusula de rescisión. (http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/35000-39999/39520/norma.htm) -
Se sanciona la ley 19550 que incorpora al Código un nuevo régimen sobre sociedades.
Regula las asociaciones bajo forma de sociedad, la inscripción en el Registro Público, los plazos para la Inscripción, la publicidad en la documentación, el contenido del instrumento constitutivo, las modificaciones no inscriptas, la omisión de requisitos esenciales, la responsabilidad de los administradores y socios. -
Se sanciona la ley 20094 que incorpora el Código un nuevo régimen para la navegación y la ley 20266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
En la ley 20094 se regula la ocupación o uso indebido, la innovación en la forma de uso, las facultades de la autoridad marítima, los busques y artefactos navales náufragos.
En la ley 20266 se regulan las condiciones habilitantes de los martilleros, causales de inhabilidad, los requisitos para la matrícula. -
Se sanciona la ley 24452 que incorpora al Código un nuevo régiken de cheques y la ley 24522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
La ley 24452 regula las clases de cheques, la transmisión, la presentación y el pago, el recurso por falta de pago, el cheque cruzado, el cheque para acreditar en cuenta, cheque imputado y certificado, la cláusula 'no negociable'.
La ley 24522 regula la nominatividad de los titulos valores privados, conversión de títulos, el IVA. -
Se sanciona la ley 26579 que modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años con excepción de manutención y obra social, quedando a cargo de los padres hasta los 21 años de edad.
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El Código de Comercio fue derogado y pasó a regir en el país el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, poniendo fin al proceso de unificación del derecho privado en Argentina.
Se encuentra en vigencia en la actualidad siendo la principal fuente del derecho comercial en nuestro días.