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El Real Tribunal del Consulado de Buenos Aires se creó por cédula real el 30 de enero de 1794 y los motivos de su erección se presentaban en el documento oficial redactado durante el reinado de Carlos IV.
Se incorporaron Las Normas de la Ordenanza de Bilbao de 1737: -Regulaban el comercio marítimo y terrestre -
Sucesos que ocurrieron después de esta revolución que contribuyeron al desarrollo del Código Comercial
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El 31 de enero de 1813 se inauguró la Asamblea General, con el propósito de lograr la emancipación y redactar la Constitución del Estado de las Provincias Unidas, en la cual se estableció lo siguiente.
-Creación de la matrícula para comerciantes nacionales
-Normas sobre consignaciones
-Nombramiento de contadores peritos en litigios comerciales -
Creacion de la bolsa mercantil, funcionando por un tiempo y dictando la Ley Reglamentaria de Corredores y Martilleros
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A la figura de Rivadavia se le atribuyen toda una serie de transformaciones en distintos ámbitos y algunas de ellas fueron los siguientes decretos:
-Actos de comercio
-Causas de comercio
-Alzada de comercio -
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Crean un proyecto de Código de Comercio,redactado por los juristas Eduardo Acevedo, de nacionalidad uruguaya y el argentino Dalmacio Vélez Sarsfield
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Presentan el proyecto de Código de Comercio al poder ejecutivo
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El Código de Comercio de la República Argentina fue el cuerpo legal que reguló las bases del comercio, los actos de comercio, la consideración legal de comerciante, entre otras materias mercantiles, en todo el territorio de la República Argentina, desde el 10 de septiembre de 1862, hasta el 1 de agosto de 2015, cuando entró en vigencia el Código Civil y Comercial de la Nación.
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Buenos Aires no formaba parte de la confederación, por lo tanto, el Código de Comercio sólo regía en la provincia de Bs As.
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Buenos Aires se reintegra a la Confederación y se produce la Sanción de la Ley 15, mediante la cual el Código de Comercio se adopta para toda la Nación
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El 25 de septiembre de 1869, se sancionó el Código Civil de la Nación, cuya autoría correspondió a Dalmacio Vélez Sarsfield, pero entró en vigencia el 1º de enero de 1871.
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Modificaciones:
- Valor de usos y costumbres como fuentes del derecho
-Se suprimió el requisito de inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante
- Cambios en la reglamentacion sobre: Correedores, Empresas de transporte,Bolsas,Sociedades,Compraventa, Fianza, Letras de cambio, Cheques, Derecho Maritimo, Quiebras.
- Ajuste de contratos mutuos. depositos y prenda, quitando material que se consideraba civil. -
El 19 de Julio de 1963 se dictó el Decreto Ley Nacional 5965 que derogó a partir del 19 de octubre de dicho año, los arts. 589 a 741 del Código de Comercio (art. 29) y estableció en reemplazo de los mismos un régimen nuevo completo sobre la letra de cambio y pagaré contenido en 104 arts.
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Nuevo régimen de seguros:
El asegurador se obliga a resarcir, conforme al contrato, el daño patrimonial causado por el siniestro sin incluir el lucro cesante, salvo cuando haya sido expresamente convenido. Responde sólo hasta el monto de la suma asegurada, salvo que la ley o el contrato dispongan diversamente. -
Se incorpora un nuevo régimen sobre Sociedades:
Las sociedades que tengan objeto ilícito son nulas de nulidad absoluta. Los terceros de buena fe pueden alegar contra los socios la existencia de la sociedad, sin que éstos puedan oponer la nulidad. -
Ley N°20.094: Se incorpora un nuevo régimen para la navegación. Todas las relaciones jurídicas originadas en la navegación por agua se rigen por las normas de esta ley, por las de las leyes y reglamentos complementarios y por los usos y costumbres. Ley N°20.266: Se incorpora un nuevo régimen para los martilleros
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Ley N°24.452: Se incorpora un nuevo regimen de cheques
Ley N° 24.522: Se incorpora un nuevo regimen de concursos y quiebras -
Se produjo una gran reforma de Código de Comercio, el cual fue derogado por la Ley N° 26.994 para que pase a regir en la Nación el Código Civil y Comercial de la Nación el cual está vigente en la actualidad.