
Pasos para Transferir un Fondo de Comercio (Salazar, UCASAL, Derecho Comercial I)
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Publicación de un aviso por 5 días en el Boletín Oficial y en uno o más diarios cercanos al lugar del establecimiento.
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Quién desee transferir, deberá entregar nota firmada al presunto comprador, con información sobre detalle de los créditos adecuados, nombre y domicilio de los acreedores, monto de los créditos, si hubiera fecha de vencimiento.
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Luego de los diez días se procede a firmar la documentación de transferencia en caso de no presentarse oposición o retención y depósito. El documento deberá estar extendido por escrito e inscribirse en el Registro Público dentro de los 10 días de otorgamiento en caso de no presentarse oposición.
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Los acreedores tendrán 10 días a partir de la publicación, para notificar su oposición a la operación de transferencia.
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En caso de presentarse una oposición tendrán un plazo de 20 días para trabar embargo judicial.
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Si el acreedor no trabase el embargo judicial en el plazo indicado, transcurrido el plazo de 20 días, el depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta.