PASOS PARA REALIZAR CORRECTAMENTE UNA TRANSFERENCIA DE FONDO DE COMERCIOSGUN LA LEY 11687
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1 CE
Según el articulo 2 de la ley.
El que desee transferir tiene que antes publicar un aviso por 5 días en el boletín oficial y en diarios del lugar donde esta el establecimiento que desee transferir. El aviso deberá tener:
La clase y donde se encuentra ubicado el negocio.
Nombre y domicilio del vendedor y comprador.
Nombre y domicilio del rematador y escribano, si invtervienen. -
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El articulo 3 de la ley indica:
Que al entregar al comprador una nota con su firma donde contiene:
Detalle de los créditos adeudados.
Nombre y domicilio de los acreedores.
Monto de los créditos adeudados.
Fechas de vencimiento. -
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El articulo 4 menciona:
Que los acreedores tienen 10 días para notificar su oposición a la transferencia, que debe cursarse al comprador en el domicilio que se encuentra denunciado o al rematador o escribano que se encuentren en el acto, reclamando así la retención del importe de su crédito y el deposito de las sumas retenidas, en cuenta especial o el banco. El comprador al recibir la notificación esta obligado a retener el importe de su crédito y depositarlo en su cuenta judicial, en el banco. -
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Además, el articulo 4 también indica
Que el documento podrá firmarse despumes de los 10 días desde la ultima publicación, si existe o no oposición de los acreedores se realizan las retenciones y depósitos.
El documento para tener efectos a terceros tiene que:
Extenderse por escrito.
Inscribirse en el Registro Publico dentro de los 10 dias que este otorgado. -
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El articulo 5 menciona:
Que el acreedor que se oponga tiene 20 días para trabar el embargo judicial, sino lo realiza en ese plazo el depositarte puede retirar el monto depositado en la cuenta.