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Pasos para concretar una transferencia de fondo de comercio Ley 11.687

  • 1 CE

    Publicación del aviso

    Publicación del aviso
    Para poder transferir un fondo de comercio deberá, previamente publicar un aviso (por 5 días) tanto en publicaciones oficiales (boletín oficial R.A) como también en algunos medio de comunicación en el lugar donde funciona el establecimiento que se pretende transferir
    El anuncio debe cumplir con los siguientes requisitos
    *La Clase y Ubicación del Negocio
    *El Nombre y Domicilio del vendedor y del comprador
    *El Nombre y Domicilio del rematador y del escribano, si estos interviniesen.
  • 2

    Entrega de nota

    Entrega de nota
    Según el articulo 3 nos dice que quien desee transferir el fondo de comercio, deberá entregar al presunto comprador una nota firmada que contenga al menos la siguiente información:
    *Detalle de los créditos adeudados.
    *Nombre y domicilio de los acreedores.
    *Monto de los créditos adeudados.
    *Fechas de vencimiento (si las hay).
  • 3

    Oposición de los acreedores

    Oposición de los acreedores
    Desde la última publicación realizada, los acreedores tendrán 10 días para notificar su oposición a la operación de transferencia, deberá enviarse al presunto comprador reclamando la retención del importe de su crédito y el correspondiente depósito de las sumas retenidas.
    El comprador recibida la notificación del acreedor y se encontrará obligado a retener el importe correspondiente a su crédito y a depositar dicho monto cuenta judicial, en el banco correspondiente.
  • 4

    Embargo

    Embargo
    Desde que se notifico de la oposición a la transferencia, el acreedor que se hubiera opuesto, tendrá 20 días para trabar embargo judicial. Si el acreedor no trabase el embargo judicial en el plazo indicado, el depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta.
  • 5

    Otorgamiento del documento de transferencia

    Otorgamiento del documento de transferencia
    El documento de transmisión solo podrá firmarse después de transcurridos 10 días desde la última publicación realizada, siempre y cuando no exista oposición de parte de los acreedores y si existiese dicha oposición, se hubieran realizado las correspondientes retenciones y depósitos.
    El documento de transferencia para producir efectos deberá contar con:
    *Extenderse por escrito; y
    *Inscribirse en el Registro Público, dentro de los 10 días de su otorgamiento.
  • 6

    Condiciones de transferencia y consecuencias de su incumplimiento.

    Condiciones de transferencia y consecuencias de su incumplimiento.
    Son condiciones para validar la transferencia y consecuencias de su incumplimiento,las siguientes:
    Que en ningún caso, se efectúe por un precio inferior al de los créditos constitutivos del pasivo confesado por el vendedor, más el importe de los créditos no confesados por el vendedor, pero cuyos titulares hubieran hecho oposición.
    Las omisiones o transgresiones harán solidariamente responsables al comprador; al vendedor y al martillero