PASOS A SEGUIR PARA REALIZAR UNA TRANSFERENCIA DE FONDO DE COMERCIO DE ACUERDO A LA LEY 11.687

  • 1 CE

    PASO Nº1: Artículo 2

    El que desee transferir un fondo de comercio, antes, debe publicar un aviso por 5 días, en el Boletín Oficial y en uno o más diarios del lugar en donde funciona el establecimiento al que se va a transferir.
    El anuncio debe contar con:
    _Clase y ubicación del negocio.
    _Nombre y domicilio del vendedor y del comprador.
    _Nombre y domicilio del rematador y del escribano, si estos interviniesen.
  • 2

    PASO Nº2: Artículo 3

    Se debe entregar, previamente, al presunto comprador una nota firmada que contenga al menos:
    _Detalle de los créditos adeudados.
    _Nombre y domicilio de los acreedores.
    _Monto de los créditos adeudados.
    _Fecha de vencimiento si es que tienen.
    Es decir, un detalle de los pasivos.
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    PASO Nº3: Artículo 4

    Con la publicación, los acreedores tienen 10 días para notificar su oposición presentando su descargo en el domicilio denunciado (o del escribano o rematador), reclamando la retención del importe de su crédito y el correspondiente depósito de las sumas retenidas.
    El comprador, al recibir la notificación, está obligado a retener el importe correspondiente a su crédito y depositarlo en una cuenta judicial.
    Todo se debe realizar en el banco correspondiente.
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    PASO Nº4: Artículo 5

    Desde la notificación de la oposición a la transferencia, el acreedor que se hubiera opuesto, tiene 20 días para trabar embargo judicial. Si el acreedor no trabase en el plazo indicado, el depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta.
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    PASO Nº5: Artículo 4

    El documento de transmisión solo podrá firmarse después de transcurridos 10 días desde la última publicación realizada, y siempre y cuando no exista oposición de parte de los acreedores y/o, siempre y cuando, existiendo oposición, se hubieran realizado las correspondientes retenciones y depósitos. El documento de transferencia, para producir efectos frente a terceros, debe: _extenderse por escrito.
    _inscribirse en el Registro Público, dentro de los 10 días de su otorgamiento.