Pasos a seguir para realizar una Transferencia de Comercio

  • Period: 1 CE to 10

    Tranferencia de un Fondo de Comercio

    Todo aquel que desee realizar una transferencia de un establecimiento comercial o industrial, deberá cumplir con los siguientes requisitos:
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    PASO 1: Aviso

    De acuerdo al artículo 2 de la Ley 11.687, se deberá: a) Publicar un aviso, por el período de 5 días, en el Boletín Oficial;
    b) ese aviso, además, también deberá publicarse en uno o más diarios pertenecientes a la ciudad en la que se encuentra el establecimiento. El anuncio deberá indicar;
    1) La clase y ubicación del negocio,
    2) Nombre y domicilio del vendedo y el comprador,
    3) Nombre y domicilio del rematador y escribano, en el caso en los que intervengan.
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    PASO 2: Nota

    De acuerdo al artículo 3 de la Ley 11.687, para realizar una transferencia de fondo de comercio se deberá entregar al comprador, previo a la transferencia del establecimiento: a) Una nota firmada que contenga:
    _ Detalle de los créditos pendientes,
    _ Nombre y domicilio de los acreedores,
    _ Monto de los créditos que se adeudan,
    _ Fecha de vencimientos de los créditos.
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    PASO 3: Notificación de los Acreedores

    El artículo 4 de la Ley 11.687 establece que: A partir de la última publación realizada en el Boletín Oficial, los acreedores tendrán 10 días para notificar su posición frente a la transferencia del fondo de comercio. Esta notificación deberá enviarse al domicilio del presunto comprador (o bien, al rematador o escribano en caso de intervenir) y deberá contener:
    _ el monto del crédito adeudado,
    _ la cuenta especial donde se depositará el monto del crédito, indicando el banco correspondiente.
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    PASO 4: Embargo

    Una vez notificada la oposición a la transferencia, de acuerdo al artículo 5 de la Ley 11.687, el acreedor oponiente tendrá 20 días para trabar el embargo judicial. Transcurridos los 20 días, en caso de que el acreedor no usara su derecho para realizar el embargo judicial, el comprador presunto podrá retirar la suma entregada en la cuenta especial.
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    PASO 5: Otorgamiento del Documento de Transferencia

    Transcurridos los 10 días desde la última publicación en el Boletín Oficial, se procederá a firmar el documento de transmisión del fondo de comercio. Este documento deberá realizarse por escrito y será inscripto en el Registro Público, pasados los 10 días desde que se firmó.