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El dueño del fondo de comercio, deberá entregar al presunto comprador, una nota donde figure todo tipo de información sobre el fondo en cuestion (deudas, acreedores, etc)
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Una vez realizada la publicación, los acreedores tendrán 10 días para notificar la oposición a la transferencia de dicho fondo notificando a todas las partes involucradas (vendedor, comprador, escribano o rematador), reclamando la retencion de la suma de su credito y el correspondiente deposito.
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En caso de que si existan oposiciones, se deberán realizar las correspondientes retenciones y depósitos. Una vez lista la unanimidad de conformidad de todos los acreedores, se podrá continuar con la transferencia del fondo.
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Una vez cumplidos los 10 días desde la ultima publicación realizada y siempre y cuando quede cumplido el punto que antecede, se podrá firmar el documento de transferencia.