Pasos a seguir para concretar una transferencia de fondo de comercio según las exigencias de la Ley N° 11.687.
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El titular de la empresa "Raiden company" decide que es hora de vender el fondo de comercio
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El propietario hace una publicación, por 5 días, en el boletín oficial y en uno o mas diarios o periódicos del lugar donde donde funciona el establecimiento
El anuncio deberá indicar al menos:
* La Clase y Ubicación del Negocio.
* El Nombre y Domicilio del vendedor y del comprador.
* El Nombre y Domicilio del rematador y del escribano, si estos interviniesen. -
Los acreedores tendrán 10 días para notificar su oposición a la operación de transferencia, notificación que deberá cursarse al presunto comprador en el domicilio denunciado en la publicación o al rematador o escribano que intervengan en el acto, reclamando la retención del importe de su crédito y el correspondiente depósito de las sumas retenidas, en cuenta especial, en el banco correspondiente.El comprador deberá retener el importe correspondiente a su crédito y depositarlo en cuenta judicial.
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Desde la notificación de la oposición a la transferencia, el acreedor que se hubiera opuesto, tendrá 20 días corridos para trabar embargo judicial. Si el acreedor no trabase el embargo judicial en el plazo indicado, transcurrido el plazo de 20 días corridos, el depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta.
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El propietario entrega una nota al presunto comprador una nota firmada que deberá contener lo siguiente:
* Detalle de los créditos adeudados.
* Nombre y domicilio de los acreedores.
* Monto de los créditos adeudados.
* Fechas de vencimiento (si las hay). -
El documento de transmisión solo podrá firmarse después de transcurridos 10 días desde la última publicación realizada, en los términos del artículo 2 de la Ley N° 11.687 y siempre y cuando no exista oposición de parte de los acreedores y/o, siempre y cuando, existiendo oposición, se hubieran realizado las correspondientes retenciones y depósitos.
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El documento de transferencia, para producir efectos frente a terceros, deberá:
* Extenderse por escrito; y
* Inscribirse en el Registro Público, dentro de los 10 días de su otorgamiento.