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Durante 5 días en el Boletín Oficial y diarios de la zona.
Indicando clase y ubicación del negocio, nombre y domicilio del comparador, vendedor, escribano y rematador. -
Entregar al comprador nota firmada con: detalle de créditos adeudados, nombre y domicilio de los acreedores, monto de los créditos adeudados y fecha de vencimiento.
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Desde la ultima publicación, los acreedores tienen 10 días para notificar su oposición, reclamando la retención
del importe de su crédito y el correspondiente depósito de las sumas retenidas. -
Luego de la notificación de oposición el acreedor tiene 20 días para trabar embargo judicial, en caso contrario, el depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta.
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El documento de transmisión se firma después que hayan transcurrido 10 días desde la ultima publicación realizada y sin que exista oposición por parte de los acreedores.
Produce efectos contra terceros cuando se extiende por escrito y después de su inscripción en el Registro Publico antes de los 10 días del otorgamiento.