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"Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques". Se reconoce el derecho a la intimidad y a la protección de datos de carácter personal.
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"Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar, de su domicilio y de su correspondencia"
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Entre en vigor en Suecia contando con un organismo que supervisará el cumplimiento de la misma, llamado 'Data Inspektion Board'
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Se crea la base de la Protección de Datos en los Estados Unidos de América.
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Primer documento internacional de protección de datos firmado por Alemania, Francia, Dinamarca, Austria y Luxemburgo.
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Brasil se convierte en el primer país latinoamericano en promulgar una Ley de Protección de Datos, resultado del incremento del uso de las Tecnologías de la Información.
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Surgen las primeras iniciativas de leyes en materia de protección de datos personales en México.
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Modificaciones en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconocen la protección de datos personales como un derecho fundamental.
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Se adiciona el siguiente párrafo al artículo 16 de la CPEUM: "Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de un mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento". De este modo el Estado Mexicano da el primer paso al reconocer el derecho de protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo.
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La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares fue publicada en el Diario Oficial de la Federación y tiene efecto a partir de enero del año 2012.