-
-
En documento casero se asentaba la declaración personal que se anotaba en un papiro en el cual se permitía transferir la propiedad de cualquier objeto. La declaración se hacía ante testigos y llevaba el sello del funcionario.
-
En la ciudad de Susa, se talla el Código de Hammurabi, medía 2.25 metros de largo por 2.00 de ancho; en él se regía el destino de Babilonia, el escriba realiza contratos de compra venta.
-
JUSTINIANO.-hace regulación positiva del notariado en la siguiente regulación.
44.-Actividad del tabelión.
47.-utilización del protocolo
73.-El documento notarial. -
El ESCRIBA, quien gozaba de ciertos privilegios por su encargo, era el redactor y custodio de decretos.
NOTARII, Realizaba función similar al del taquígrafo y erra imprescindible para abogados y magistrados.
TABULARII, Considerado como funcionario del Estado tenía también amplias facultades de registro y depositario de documentos de estado civil, impuestos, testamentos y otros.
TABELION.-Se le atribuye ya conocimiento de la ciencia jurídica como asesor y redactor. -
Escuela boloñesa de notariado en Bolonia, escuela de glosadores (precisiones marginales). Su fundador Ranieri di Perugia y posteriormente Ronaldinho RODULFO (príncipe del notariado). Se da impulso al Derecho Notarial escribiendo varias obras jurídicas. Año 1228.
-
En España, el Fuero General de Jaca y el Fuero Real de Castilla (1255) otorgaron a la carta sellada por notario la máxima autoridad. Las partidas del rey Alfonso X el Sabio consideraban al Notariado como una función pública y regularon su actuación con bases que se mantuvieron vigentes hasta la ley de unificación de 1862, todavía en vigor.
-
En 1492 la América descubierta por Cristóbal Colon Contaba con un funcionario que se le compara con el escriba egipcio, se llamaba Tlacuilo. La función del Tlacuilo, que era la de redactar y relacionar hechos así como asesorar a las partes contratantes cuando se necesitaba realizar una operación, pero no tenían el carácter de funcionarios públicos ni de fedatarios.
-
EN 1512 Se le otorgó a Hernán Cortes la Escribanía del Ayuntamiento de Asúa, donde practicó las cuestiones del Notariado que tanto le atraían, durante un periodo de cinco años. Más tarde en 1512 Cortés obtuvo una escribanía durante el gobierno de Diego Velázquez.
-
La época colonial nació en 1521 con el fin de la Conquista y la caída de Cuauhtémoc; los conquistadores enfocaron sus esfuerzos a organizar la vida política, jurídica, económica así como la religiosa. En la época colonial, una de las facultades del rey era la de designar a los escribanos por ser una de las actividades del estado.
-
Se funda el Colegio de Escribanos de la Nueva España que es el origen del actual Colegio de Notarios.
-
En 1793, la Real Audiencia fundó una Academia de Enseñanza Notarial a la que debían concurrir por lo menos dos meses por mes los aspirantes a escribanos. De esta manera se logró una gran evolución notarial por medio de leyes, decretos y cédulas, marcando el paso del refinamiento y actualización que día con día requiere la institución en comento.
-
El 9 de octubre de 1812 las Cortes Españolas expidieron un decreto sobre Arreglo de Tribunales y sus Atribuciones concediendo en sus artículos 13 y 23 a las audiencias, el conocimiento de todo lo relativo a la materia de escribanos.
-
Bajo la vigencia de la Constitución de 1824, una vez derrocado el imperio y organizada la Nación en forma de República Federal; se dictaron nuevas disposiciones aplicables a los escribanos.
-
Maximiliano de Habsburgo da inicio al reconocimiento del notario como profesional independiente.
-
El Presidente de la República, Porfirio Díaz, promulgó el 19 de diciembre de 1901, la Ley del Notariado que entró en vigor el 19 de enero de 1902. Su ámbito de aplicación abarcó el Distrito y Territorios Federales. Esta ley dispuso que el ejercicio de la función notarial fuera de orden público, conferido por el Ejecutivo de la Unión (Art. 1º.).
-
El 20 de enero de 1932 en el Diario Oficial de la Federación se publicó la segunda ley llamada Ley del Notariado para el Distrito y Territorios Federales, siendo Presidente de la República Pascual Ortiz Rubio.
-
La tercera ley se llamó Ley del Notariado para el Distrito Federal y Territorios, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de febrero de 1946. Esta ley es la primera que contempla tanto al hombre como a la mujer como capaces de desempeñar la actividad notarial. Al igual que la ley anterior precisa que el notario estará investido de fe pública para hacer constar los hechos o actos jurídicos que los interesados pretendan autenticar conforme a las leyes.
-
Fundación del Colegio de Notarios, asociación que unifica criterios entre todos los notarios del país; realiza congresos y participa en la Unión Internacional de Notarios
-
Se genera un sistema de leyes que regulan la actividad profesional del notario.
-
El Notariado constituyó en 2002 su propia empresa de tecnologías, Ancert, con el objetivo de proporcionar un mejor servicio al colectivo notarial, con sedes en Madrid y Sant Cugat del Vallés, cuenta con más de 150 profesionales dedicados a la implantación, desarrollo y explotación de los sistemas telemáticos corporativos, que han puesto en marcha la mayor infraestructura de comunicaciones y tecnología desarrollada por un colectivo profesional en nuestro país.