-
Se presentan los primeros lineamientos,
enfatizando las políticas por seguir en la protección del patrimonio. -
“Las
Repúblicas Americanas están obligadas a preservar los monumentos inmuebles, además de los de
origen colonial y prehistórico, los siguientes:
a. los que estén íntimamente vinculados con la lucha
por la independencia y con el periodo inicial a la
organización de la República”. -
Establece la elaboración de los inventarios de los monumentos
existentes en las ciudades y lugares referentes en
la Ley; los artículos 8 y 17 especifican que en caso de incidir
estas obras en un cambio considerable de la fisonomía general requerirá aprobación del Consejo
de Monumentos Nacionales.