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es el primer tratado multilateral que aborda la biodiversidad como un asunto de importancia mundial, que demuestra la preocupación ante su deterioro y reconoce su importancia para la viabilidad de la vida en la Tierra y el bienestar humano.
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es la norma principal que rige en los países de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), Esta norma señala las etapas que debe surtir un trámite de contrato de acceso a recursos genéticos o productos derivados (CARG o PD).
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Decreto que reglamentó la investigación científica en diversidad biológica en colombia
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establece el régimen en propiedad industrial, incluido el trámite de las solicitudes de patente.
Normas andinas que indican la concesión de patentes sobre invenciones desarrolladas a partir del patrimonio biológico y genético o conocimientos tradicionales (CCTT) originarios de países de la CAN, estará supeditada a que el material o el conocimiento haya sido adquirido legalmente -
Por el cual se modificaron los objetivos y la estructura del MADS, le asignó a la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, la función de adelantar el trámite de CARG o PD.
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(compilado en el Decreto Único del Sector Ambiental), por el cual se reglamenta el permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial.
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Lineamientos detallados para lograr una participación justa y equitativa en los beneficios provenientes del acceso a los RRGG
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Indica las actividades que configuran acceso a RRGG o PD, en Colombia
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modificó la actividad referida a la solicitud de patentes. 1) el aislamiento de unidades de ADN y/o ARN, en todas las formas que se encuentran en la naturaleza
2) el aislamiento de una o varias moléculas, entendidas como macro o micromoléculas producidas por el metabolismo de un
Organismo.
3) la formulación de una solicitud de patente para productos o procedimientos obtenidos o
desarrollados a partir de RRGG o PD.