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Establece que “La Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal conforme a
la Ley Orgánica que expida el Congreso, que distribuirá los negocios del orden administrativo de la
Federación que estarán a cargo de las Secretarías de Estado y definirá las bases generales de creación
de las entidades paraestatales y la intervención del Ejecutivo Federal en su operación”. -
De soporte para asumir las responsabilidades
designadas al Presidente de la República. -
Las Secretarías y
Dependencias del Estado. -
En la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos se establece que habrá cierto número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno, estipulado en el artículo 117
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Venustiano Carranza en 1917 creó secretarías y departamentos, siendo el encargado del poder ejecutivo federal.
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En 1958 se creo el proyecto:
Ley de Secretarías y Departamentos de Estado
Ha derogado el ordenamiento de las secretarías y departamentos, así como la facultad que tiene el ejecutivo federal para nombrar a secretarios que estén al frente de éstas. -
La Administración Pública Federal será centralizada
y paraestatal:
Dispone que la ley reglamentaria definirá las bases generales de creación de las entidades paraestatales, el Ejecutivo
Federal y las Secretarías de Estado y Departamentos Administrativos. -
Dar apoyo técnico jurídico al Presidente de la República en todos aquellos asuntos que éste le encomiende.
Dar opinión al Presidente de la República sobre los proyectos tratados con otros países y organismos internacionales. -
Secretaria de Gobernación
Secretaria de Relaciones Exteriores
Secretaría de la Defensa Nacional
Secretaría de Marina -
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Educación Pública -
Secretaría de Salud
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Secretaría de Cultura
Secretaría de Turismo