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Desde la prehistoria existen los conflictos entre humanos, la cual en su mayoría solo se regia por la "Ley del mas fuerte".
La mediación ha sido una práctica empírica del ser humano, al menos durante algún tiempo; aunque en las últimas décadas se ha perfeccionado su método para la solución de conflictos -
Su origen nos es totalmente desconocido, pero es una institución que forjó su prestigio por la celeridad, inmediación y facilidad para resolver los conflictos de los comuneros.
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En Francia, desde la creación del Código de Procedimientos Civiles napoleónico, se establecieron observaciones sobre el contenido del compromiso arbitral el cual debía contener el objeto del litigio, los nombres de los árbitros y aplicarse en conflictos presentes.
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La figura de la conciliación se introdujo en México como requisito previo para entablar cualquier juicio, por la Constitución de Cádiz de 1812.
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Se establecen en los artículos 155 y 156 la conciliación y el arbitraje
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A finales del siglo XIX y principios del XX, el desarrollo del arbitraje internacional moderno comenzó, sin embargo, se basaba en legislaciones nacionales, cuando el arbitraje se retomó en el régimen internacional este fue un tanto incongruente ya que al compilarse diferentes legislaciones de los países resultó contradictorio
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Junto con la mediación, se incluyeron la encuesta y la jurisdicción arbitral en la primera Conferencia de La Haya, en 1899. Este acuerdo se renovó en la segunda Conferencia de La Haya
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Se encuentran previstas la conciliación y el arbitraje en materia laboral.
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En Estados Unidos, más que en otros países, se han desarrollado estas técnicas, por lo cual no es raro saber que nuestros primeros mediadores se hayan capacitado en ese país. Esta función de capacitación ha sido realizada por diversas instituciones, tales como la American Arbitration Association.
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Este Código al regular la justicia de paz obliga al juez (Art. 20, fracción VI) a exhortar a las partes, antes de pronunciar el fallo, a una "composición amigable".
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Conocido por sus siglas ADR, se origina este concepto en Estados Unidos de America
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Fue creado por la Labor-Management Act of 1947.
Su misión generales el mantenimiento y la promoción de la paz laboral y de la cooperación en los lugares de trabajo. -
En el ámbito internacional, la UNCITRAL O CNUDMI (United Nations Commission on International Trade Law o "Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional"), adoptó reglas de conciliación
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El Tratado de Libre Comercio para América del Norte en su Capítulo XX, Art. 2022, promueve el compromiso de los tres países de promover y facilitar "el recurso al arbitraje y a otros tipos de medios alternativos para la solución de controversias comerciales internacionales entre particulares en la zona de libre comercio".
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Un ejemplo de la eficacia y eficiencia de este método de solución de conflictos lo fue la construcción de los acuerdos de paz en Chiapas
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Se expide la primera Ley de Justicia Alternativa del país en el Estado de Quintana Roo. Con esta ley se crea el primer Centro de Justicia Alternativa en México.
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Se crea en la Universidad de Sonora la Unidad de Mediación Familiar y Comunitaria y posteriormente, en el mismo año, se crea el Instituto de Mediación de México S.C. en la Ciudad de México.
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Entre el año 2000 y el año 2008 la mayoría de los estados de la República Mexicana expidieron sus propias leyes de Justicia Alternativa y fueron creando sus respectivos centros para la aplicación de los MASC
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El LALIC-Consejo para las Iniciativas Jurídicas de Latinoamérica de la American Bar Association (ABA), la Sección de Resolución de Controversias de la propia ABA iniciaron un proyecto para incrementar el uso de la mediación en México.
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En este año inicia la praxis de los MASC fundada en las Reglas de Operación del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia.
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A partir del año 2006 estudios de investigación a nivel doctoral en torno a los MASC como los impartidos en la Universidad Autónoma de Nuevo León y la Universidad Autónoma Juárez de Tabasco, además la UNAM imparte una especialización en mediación y un curso en negociación
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Se reforma el artículo 17 de la Constitución Mexicana, estableciendo que ''las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias'', elevando su importancia al nivel constitucional.
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Tiene como propósito reglamentar el párrafo cuarto del artículo 17 de la Constitución y regular la mediación como método de gestión de conflictos para la solución de controversias.
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Con la reforma del 2011 se reconoce a la justicia alternativa (MASC) como un derecho humano (fundamental), por estar estipulado en la Constitución.
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Se presentó ante el congreso local de Puebla la propuesta de esta Ley, ante la necesidad de la innovación legal,
Esta ley fue publicada con fecha 30 de diciembre del año 2013. -
La reforma constitucional en materia de solución de fondo al conflicto, toda vez que los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias no tienen los presu- puestos de procedencia tan severos como los procesos jurisdicciona- les, por tanto, es más fácil que por medio de ellos se aborde de forma directa el fondo del conflicto.
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La Reforma constitucional al artículo 17 detono que el Tribunal de Justicia de la Ciudad de México desarrollará cursos y concursos para el ejercicio de la mediación privada
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La esencia flexible y autocompositiva de los MASC, los coloca como la primera opción para cumplir el mandato constitucio- nal a privilegiar el estudio del fondo del conflicto y así consolidarse como una institución para tutelar derechos de las personas basados en un modelo de justicia negociada