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Consistía en reuniones generalmente echas por abogados de las partes, realizar un juicio de manera breve y verbal.
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Reconocida en la antigua Roma y Grecia.
También creada en España en el fuero Fuzgo y en las siete partidas hace aparición mediante la institución de los amigables componentes.
En México se reconoce en la constitución de Cádiz. -
Acuerdo al que se envía a las partes en un proceso cuando existe una controversia sobre la aplicación o interpretación de sus Derechos.
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Medio tradicional en el que se busca una solución pacífica a la controversia, se caracteriza por la participación de un tercer estado en un conflicto que involucra a las partes.
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Se origina en los Estados Unidos de América la figura de ADR, alternative Dispute Resolution.
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Hay espacios de Medios Alternos de Solución de Controversias, Mini juicio.
Reuniones organizadas por los abogados. -
Son creados por la necesidad de contar con instrumentos flexibles y creativos para la oportuna solución de controversias.
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Esta ley de carácter obligatorio para la mediación previa a todo juicio.
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Cumplía con la finalidad de ser una institución preventiva.