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Los egipcios practicaban la higiene personal como parte de su vida diaria, usaban baños, ungüentos y se afeitaban el cuerpo como medida sanitaria.
Demuestra una de las primeras preocupaciones humanas por prevenir enfermedades mediante la limpieza. -
Roma desarrolló acueductos, alcantarillado y baños públicos, además de regulaciones sanitarias.
Primera gran civilización en aplicar medidas públicas de saneamiento, base del concepto de salud pública. -
Médico griego conocido como el “padre de la medicina”. Propuso que las enfermedades tenían causas naturales, no sobrenaturales.
Introdujo el enfoque preventivo basado en dieta, ejercicio y medio ambiente. Nace la medicina como disciplina científica. -
Documento que mostró cómo las condiciones insalubres provocaban enfermedades entre los trabajadores.
Impulsó reformas sanitarias y la necesidad de políticas públicas para prevenir enfermedades. -
Descubrió que la infección con viruela bovina protegía contra la viruela humana y desarrolló la primera vacuna.
Inicio formal de la inmunización como medicina preventiva. Marcó un antes y un después en el control de enfermedades transmisibles. -
Establece normas básicas en salud pública, saneamiento ambiental y vigilancia epidemiológica.
Sentó las bases legales para las acciones preventivas del Estado en temas como saneamiento básico, vigilancia epidemiológica y vacunación. -
Crea el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Introduce la atención integral en salud y la promoción de la salud como ejes del sistema de salud. -
Establece actividades, procedimientos e intervenciones en salud pública obligatorios, incluyendo esquemas de vacunación, control prenatal y prevención de enfermedades.
Ordena la realización de acciones preventivas de manera obligatoria en todos los niveles de atención. -
Reforma estructural que adopta la atención primaria en salud (APS) como eje del sistema. Refuerza el modelo de atención con enfoque preventivo, comunitario, integral y centrado en el paciente.
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Reconoce el derecho a la salud como fundamental, autónomo e irrenunciable. Obliga al Estado a garantizar acceso a servicios de promoción, prevención, diagnóstico y tratamiento con enfoque en equidad y universalidad.