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El origen del Derecho Internacional viene de la mano con el surgimiento de los Estados. Entre las más antiguas fuentes del Derecho Internacional podemos encontrar un tratado entre Mesopotamia y Umma alrededor del año 3100 AC. Dicho tratado regulaba las fronteras y su inviolabilidad.
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El Tratado de Versalles fue un tratado de paz que se firmó en dicha ciudad al final de la Primera Guerra Mundial por más de cincuenta países.
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El término "Justicia Restaurativa" fue acuñado por primera vez en 1977 por Albert Eglash que distinguió tres tipos de justicia criminal: retributiva, distributiva y restaurativa (Van Nessyheetderks strong, 2010, Pg 21-22)
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La ley podra crear jueces encargados de resolver en equidad conflictos individuales y comunitarios. (constitucion politica de colombia, art 247, 1991)
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Desde la Ley 446 de 1998, Los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos son herramientas que ofrecen a las personas diversas oportunidades para solucionar sus conflictos por sí mismas o con la ayuda de un tercero sin la necesidad de acudir a los despachos judiciales, un Masc.
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Ley 446 de 1998: modificó lo concerniente a la figura plasmada en la Ley 23, introdujo los principios de informalidad y celeridad sobre los que se cimienta la conciliación en equidad, y añadió además los efectos del acta de cosa juzgada y merito ejecutivo (Ilera, García & Ramírez, 2012).
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Art 247 de 1999 reglamenta: Si los jueces de paz bajo reglamentacion fallan en equidad, con todas la dificultades que implica, no necesita ser abogado ni haber estudiado derrecho pero si saber los valores de una comunidad. (Higuita, Olaya. G.A. 2010 Pg 4)
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Decreto 1477 de 2000: las casas de justicia se constituyen como centros multiagenciales de información, orientación, referencia y prestación de servicios de resolución de conflictos, facilitándole el uso de los servicios de justicia formal y promocionando la utilización de mecanismos alternativos de resolución de conflictos (Illera, García & Ramírez, 2012).
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Entró a regir la ley de jurisdicción, En esta, el juez de paz es caracterizado como una persona que en principio asume el rol del conciliador en equidad y juez al mismo tiempo (Ilera, García & Ramírez, 2012).
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Sentencia C-893 de 2001 de la Corte Constitucional: afirma que los mecanismos alternativos de solución de conflictos (MASC) constituyen una forma de solución real de la sociedad civil en los asuntos que les afectan, de acuerdo con la Constitución Política (Patiño & Ruiz, 2015).
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Es un servidor publico que hace parte del ministerio publico quien le corresponde parte los derechos humanos y la proteccion del interes publico
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Esta ley regula los procedimientos de mediacion y conciliacion bajo los principios de equidad, imparcialidad, rapidez, organizacion, profesionalismo y confidencialidad.
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El 28 de noviembre de 2005, mediante el Acuerdo 2627 de 2005, el Tribunal Superior eligió a cuarenta y siete conciliadores en equidad para la Casa de Justicia del sur occidente de Barranquilla.
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se implementó el Sistema de Información de la Conciliación SIC, el cual optimizó el registro de Casos de Conciliación y funcionó hasta el año 2015.
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El último proceso de selección mediante el Acuerdo 2671, del mismo Tribunal, el cual resolvió elegir como conciliadores en equidad a 13 líderes Comunitarios (Ilera, García & Ramírez, 2012).
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Ley 1395 de 2010: Se estipula la conciliación en equidad como requisito de procedibilidad para los asuntos susceptibles de conciliación en el área de civil y familia (el artículo 52 modificó el artículo 35 de la Ley 640 de 2001) (Ilera, García & Ramírez, 2012).
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La ley 1563 de 2012 en su artículo 59 define la amigable composición como un mecanismo alternativo de solución de conflictos, por medio del cual dos o más particulares y una o más entidades públicas o quien desempeñe funciones administrativas, delegan a un tercero, denominado amigable componedor.
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Según expresa Ávila (2015): “Las casas de justicia en Colombia se conciben como centros interinstitucionales de orientación, referencia y atención para facilitar el acceso de la población de determinada localidad a servicios de justicia formal y no formal (Illera Santos, García Iragorri, & Ramírez Torrado, 2012)
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En enero del 2016 entró en vigencia el Sistema de Información de la Conciliación, el Arbitraje y la Amigable Composición SICAAC, que desde entonces permite gestionar el reporte de solicitudes y casos de conciliación atendidos por parte de centros y funcionarios públicos habilitados, en el marco de la operación de los Métodos alternativos de solución de conflictos – MASC, en Colombia.