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RECONCILIACIÓN.
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Ley de Descongestión de Despachos Judiciales la cual es destinada para fines de conciliacion y equidad en despachos judiciales, con sus
artículos 86 87 y 88 -
Estatuto de Mecanismos Alternos de Solución de Conflictos que definen los mecanismos alternos de resolución de conflictos basado en normas aplicables a la conciliación, pruebas, solicitudes y homologación.
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Modifica partes de la ley 23 de 1991 en la cual indica los mecanismos alternativos de solución de conflictos mediante conciliación.
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Por la cual se crean los jueces y se dictamina la imparcialidad de los mismos para un trato justo e igual ante situaciones de resolución de conflictos.
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Implementación de las casas nacionales de justicia.
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Promueve la equidad y la conciliación para la violencia intrafamiliar mediante la conciliación con un juez con el fin de hacer una mediación y llegar a un acuerdo.
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La conciliación como requisito de procedibilidad El artículo 35 de esta ley fue más allá en la conciliación como soporte de la justicia y la estableció como un requisito de procedibilidad para acudir ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, civil y de familia.
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La conciliación como requisito de procedibilidad. El artículo 35 de esta ley fue más allá en la conciliación como soporte de la justicia y la estableció como un requisito de procedibilidad para acudir ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, civil y de familia.
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Por el cual se dictamino los cuarenta y siente conciliadores para la casa de justicia en Barranquilla.
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“A partir de la vigencia de esta ley, cuando los asuntos sean conciliables, siempre constituirá requisito de procedibilidad de las acciones previstas en los artículos 85, 86 y 87 del Código Contencioso Administrativo o en las normas que lo sustituyan, el adelantamiento del trámite de la conciliación extrajudicial”.
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Desarrollar normativamente la conciliación en asuntos de lo contencioso administrativo.
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El artículo 5 robusteció las funciones que desempeñan los procuradores judiciales en materia de conciliación, entre las cuales cabe destacar la de diseñar y adelantar los programas correctivos a fin de prevenir situaciones estructurales generadas por las administraciones públicas lesivas al interés y el patrimonio público y la de adelantar las campañas necesarias para fortalecer el conocimiento.
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En el cual se hablan de las medidas de descongestion judicial.
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CPACAEl Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo tuvo como uno de sus objetivos centrales, la des judicialización de las controversias que se presentan entre los administrativos y las entidades públicas. Se parte del supuesto consistente en que si la administración pública funciona con eficacia, aplica la normatividad vigente y la jurisprudencia; garantiza el debido proceso en sede administrativa, y aplica los principios rectores de la función pública.
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Estableció en su artículo 47 que la conciliación sería requisito de procedibilidad en los procesos ejecutivos que se promovieran contra los municipios e introdujo dos grandes novedades para este mecanismo: omitió el requisito de postulación y la aprobación judicial.
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En reciente sentencia de unificación del 11 de octubre de 20189, la Sección Primera del Consejo de Estado reivindica la importancia de los MASC como mecanismos alternativos de solución de controversias e indica que la audiencia especial de pacto de cumplimiento es una modalidad de mecanismo alternativo de solución de conflictos
(FERNANDO CARRILLO FLORES, 2020)