Marco legal Farmacovigilancia y Tecnovigilancia-Maryuri Bolaños Quintero-Cali Valle
-
Es reglamentar el Programa Nacional de Tecnovigilancia a fin de fortalecer la protección de la salud y la seguridad de los pacientes, operadores y todas aquellas personas que se vean implicadas directa o indirectamente en la utilización de dispositivos médicos.
-
Por la cual se determina el Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico, se adopta el Manual de Condiciones Esenciales y Procedimientos y se dictan otras disposiciones.
-
Se establece el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
-
Se reglamenta el servicio farmacéutico, para regular las actividades y/o procesos propios del servicio farmacéutico.
-
Se dictan los requisitos mínimos para formar el comité de farmacia y terapéutica activos, con responsabilidad de farmacovigilancia. Se reglamenta el Control de Calidad, así como el Régimen de Vigilancias Sanitarias de Medicamentos, Cosméticos, Preparaciones Farmacéuticas a base de Recursos Naturales, Productos de Aseo, Higiene y Limpieza y otros productos de uso doméstico y se dictan otras disposiciones sobre la materia.
-
Reglamenta "Por el cual se precisan las funciones del Instituto
Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA y
se establece su organización básica" -
La seguridad social es lo mas importante para la ciudadanía, es un derecho para preservar la vida de cada individuo. Por esta razón se crea el INVIMA, como organismo de dirección, vigilancia y control de los medicamentos adquiridos por cada persona, con el INVIMA se logra preservar la dignidad humana.
-
Abarca la normatividad desde 1993 hasta la fecha actual
-
Se empieza a vigilar salud publica, seguimientos a riesgos y el plan de atención básica, como inicio al proceso de farmacovigilancia.
-
Se hace necesario reglamentar los reportes, contenido y periodicidad que deban presentar los titulares de registros sanitarios de medicamentos y preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales.
-
Regular el régimen de registros sanitarios, permiso de comercialización y vigilancia sanitaria en lo relacionado con la producción, procesamiento, envase, empaque, almacenamiento, expendió, uso, importación, exportación, comercialización y mantenimiento de los dispositivos médicos para uso humano.