-
-
Primera clausura preventiva del entonces Consejo de Ambiente reducido.
-
Provincia llamó a licitación para eliminar los residuos patógenos en todo Córdoba.
-
Primera gran asamblea en la Escuela Atahualpa Yupanqui.
-
El Hospital Josefina Prieur, junto a un equipo de salud familiar del Ministerio de Salud provincial, realizaron un relevamiento sanitario.
-
-
La Agencia Córdoba Ambiente afirmó que CIVA no produce contaminación. Días antes, CIVA había presentado el mejor precio en la licitación.
-
Vecinos se reunieron en Buenos Aires con el Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación para solicitar que revoquen la habilitación del complejo.
-
Ceprocor emitió el resultado de las pruebas de sangre de seis niños.
-
Provincia dispuso el cierre provisorio de CIVA por 15 días (cremación y patógenos).
-
Se instaló la carpa de vecinos frente a CIVA para controlar el ingreso de camiones.
-
Martín Ambort denunció judicialmente a Heriberto Martínez por irregularidades en la venta de los terrenos donde se instaló CIVA.
-
-
-
Pelea entre vecinos y empleados de CIVA, luego de que algunos habitantes intentaran inspeccionar dos camionetas que estaban ingresando al predio.
-
-
-
Los datos recibidos de un laboratorio que depende de la Universidad de Buenos Aires son contundentes: de los 51 análisis realizados, todos detectan plomo en la sangre. Más de la mitad de los casos son de niños, lo que indicaría que el metal ingresó al organismo en los últimos años.
-
-
-
Funam (Fundación para la Defensa del Ambiente) exhibió los resultados del análisis de los tanques de agua. El caso más grave supera en 27.400 veces el nivel permitido de manganeso para agua potable por el Código Alimentario Argentino, los niveles de plomo superan en más de seis mil veces lo permitido.
-
-
16 muestras en suelo realizadas por Ceprocor evidenciaron la presencia de mercurio, en dos casos la concentración duplicó los valores admitidos.
-
-
La Cámara Contencioso Administrativa de 1° Nominación falló en contra de Benatti. Debe restituir los terrenos en el plazo de dos meses. Apeló el fallo.
-
La Cámara Contencioso Administrativo de 2° Nominación de Córdoba falló en contra de la Provincia. En 60 días debe rehabilitar el crematorio o indemnizar a Benatti si decide mantenerlo cerrado. Apeló el fallo.
-
La Cámara Contencioso Administrativo de 2° Nominación de Córdoba falló en contra de la Provincia. En 60 días debe rehabilitar el crematorio o indemnizar a Benatti si decide mantenerlo cerrado. Apeló el fallo.
-
El TSJ falló en contra del municipio. En el plazo de 180 días, debe indemnizar a Benatti por revocar la habilitación para funcionar.
-
El TSJ confirmó la sentencia y ordenó a la Provincia que en 20 días revoque la habilitación del crematorio y en 180 días indemnice a Benatti por daños y perjuicios.
-
Provincia había interpuesto un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el TSJ lo rechazó y la sentencia quedó firme.