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“Los programas
para la educación formal de las Comunidades Indígenas del
país se orientarán y desarrollarán de acuerdo con la guía o
lineamientos formulados por el Ministerio de Educación
Nacional, enmarcados dentro del enfoque definido como
ETNODESARROLLO y su componente educativo denominado ETNOEDUCACIÓN” ( Triviño G. & Palechor A., 2006) -
Se reconoce la diversidad existente en el territorio y se expresa el compromiso del Estado de proteger la diversidad étnica y cultural. ( Córdoba, Quijano , & Calvachi , 2021) -
artículo 42 establece que el
Ministerio de Educación Nacional diseñará y desarrollará una política
de etnoeducación para las comunidades negras, con la asesoría de una
comisión pedagógica donde haya representantes de esa comunidad. ( Córdoba, Quijano , & Calvachi , 2021) -
Ley General de la Educación, su capítulo 3
hace referencia a la educación para grupos étnicos, en aspectos básicos como en los siguientes: definición de etnoeducación, principios y fines de esta educación, selección y formación de sus educadores.( Córdoba, Quijano , & Calvachi , 2021) -
Reconocer y proteger la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana, para lo cual debe propender por el reconocimiento, protección y desarrollo autónomo de las culturas y de las personas que la conforman;(Ministerio del interior, 1995) -
La educación para grupos étnicos hace parte del servicio público educativo y se sustenta en
un compromiso de elaboración colectiva, donde los distintos miembros de la comunidad en
general, intercambian saberes y vivencias con miras a mantener, recrear y desarrollar un
proyecto global de vida de acuerdo con su cultura, su lengua, sus tradiciones y sus fueros
propios y autóctonos. (Ministerio de Educación Nacional, s.f) -
El Estado garantiza a los grupos étnicos y lingüísticos, a las comunidades negras y raizales y a los pueblos indígenas el derecho a
conservar, enriquecer y difundir su identidad y patrimonio cultural, a
generar el conocimiento de las mismas según sus propias tradiciones y a beneficiarse de una educación que asegure estos derechos ( Córdoba, Quijano , & Calvachi , 2021) (p.153) -
por el cual se expiden normas para el desarrollo de la Cátedra de Estudios Afrocolombianos, en todos los establecimientos de educación formal del país
y se dictan otras disposiciones. (Ministerio de Educación Nacional, s.f) -
Es una oportunidad para entender nuestra propia historia como país multicultural que día a día se enriquece de su diversidad cultural, pero que poco parece hacer para que las comunidades étnicas tengan una mayor integración y articulación económica y social entre distintas regiones y departamentos del país.(Jáuregui , 2021) -
por el cual se reglamentan los concursos
que rigen la carrera
docente y se determinan criterios, contenidos y procedimientos
para su aplicación. ( Triviño G. & Palechor A., 2006) -
Declaración que constituye un nuevo paso importante hacia el reconocimiento, la promoción y la protección de los derechos y las libertades de los pueblos indígenas y en el desarrollo de actividades pertinentes del sistema de las Naciones Unidas en esta esfera,(UNESCO, 2007) -
Reglamenta la contratación de la administración de la atención educativa por parte de las entidades territoriales certificadas con los cabildos, autoridades tradicionales indígenas, asociación de autoridades tradicionales indígenas y organizaciones indígenas para garantizar el derecho a la educación propia en el marco del proceso de construcción e implementación del Sistema Educativo Indígena Propio SEIP. (Ministerio de Educación Nacional, 2010) -
Establece las funciones y el fortalecimiento de la jurisdicción especial indígena; con el fin de proteger, reconocer, respetar y garantizar el ejercicio y goce de los derechos fundamentales de los Pueblos Indígenas
al territorio, autonomía, gobierno propio, libre determinación, educación indígena propia, salud propia, y al agua potable y saneamiento
básico, en el marco constitucional de respeto y protección a la diversidad étnica y cultural.(Ministerio del interior, 2014) -
Se abre el camino para lograr que la educación superior de Colombia “potencie y valore la diversidad (entendiendo y protegiendo las particularidades), promueva el respeto a ser diferente y facilite la participación de la comunidad dentro de una estructura intercultural”.(Ministerio de Educación Nacional, 2014) -
Consulta previa para la consolidación del Sistema
de Educación Indígena Propio SEIP; con el cual se avanza en la construcción de acciones
articuladas de enfoque diferencial para los pueblos indígenas en las Instituciones de
Educación Superior Indígenas. Y en 2018 se avanzó en el acompañamiento técnico para el
reconocimiento de la primera Universidad Indígena Pública reconocida. (Ministerio de Educación Nacional, s.f)