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Inicialmente, se impartía educación a una clase selecta: los criollos, españoles y mestizos de clase alta. Imposición de saberes. Labor educativa de la Iglesia; evangelización. Disputas por el acceso de los indígenas a la instrucción. Los Obispos crearon los primeros colegios, aunque con segregación. Instalación de la primera imprenta por sacerdotes y publicación de libros.
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Se promulgaba el sentido de libertad de los pueblos, la igualdad y seguridad. Esta traducción constituye una de las primeras acciones concretas de un miembro de la élite criolla suramericana contra la autoridad de la monarquía.
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Aunque regida por la iglesia católica y con un sentido moralista, representó un acto revolucionario y de transgresión a lo que hasta ahora se le había ameritado a las mujeres.
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Para 1899 la relación entre escuelas de varones, niñas y alternadas era relativamente proporcionada: las escuelas de niñas superaban tan solo por seis al total de escuelas para varones en el departamento, cuyo número era igual al de las escuelas alternadas.
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Los procesos de reforma tuvieron que enfrentarse con unas estructuras que hundían sus raíces en la lógica colonial y en el dominio de la religión católica, elementos que marcaron en buena parte la dinámica de oposición a los proyectos de cambio educativo, así como su grado de materialización. (Herrera 1993)
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La ley ordena por primera vez que la educación fuera gratuita y obligatoria para todos, sin embargo, estas disposiciones tampoco llegaron a solucionar el grave problema del cubrimiento de la educación.
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La ciudadanía se dio a través del acto legislativo No. 3 de la Asamblea Nacional Constituyente bajo la dictadura de Gustavo Rojas Pinilla. La situación se consolidó como un gran triunfo para el género femenino, aunque ese momento no fue escenario de elecciones.
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La educación como práctica de la libertad, la educación como un modelo de transformación y de ruptura, y no como como un acto de domesticación o adaptación. La relación entre pedagogía y educación como prácticas esencialmente políticas. Su libro Pedagogía del Oprimido (1969)
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Promueve y estimula el respeto universal de los derechos humanos, sin distinción de raza, sexo, idioma y religión en todos los rincones del planeta.
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Se encarga de vigilar que no se vulnere la dignidad de ningún ser humano en todo el planeta.
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Surgen las primeras experiencias coeducativas formales e institucionalizadas en Perú extendiéndose por los demás países latinoamericanos como Colombia, dichas experiencias surgieron con el misionero metodista inglés Thomas B. Wood.
“Coeducar es educar a cada persona fuera del modelo dominante según quien es, atendiendo a su diferencia” (Delgado, 2015, p.30) -
A través, del Decreto 088, se manifiesta por primera vez su preocupación por generar respeto hacia las culturas autóctonas y busca reestructurar el sistema educativo con el propósito de darles a los indígenas la oportunidad de tener una educación propia y de elaborar sus propios currículos. Reconocimiento de la educación especial Artículo 5°
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Conversaciones entre filósofos y pedagogos por una transformación socio-educativa. Influencias: Paulo Freire, Frantz Fanon, Fals Borda, Anibal Quijano, Catherine Walsh. Conceptos: Colonialidad del poder (Anibal Quijano), Colonialidad del ser, descolonización en contra de la colonialidad vista como sistema de imposición ideológico. Promueve prácticas educativas que formen en la conciencia histórica, el desarrollo del pensamiento crítico y el reconocimiento por lo propio.
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El MEN legaliza los programas de etnoeducación, aspirando a que ésta fuera una educación para el fortalecimiento de la autonomía cultural, propia de cada etnia, impartida por el Estado y no por las comunidades misioneras.
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Habla sobre las medidas especiales que deben tomar todos los países para proteger las personas, instituciones, los bienes, el trabajo, la cultura y el medio ambiente de los pueblos originarios.
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Reconoce como patrimonio de la nación la diversidad étnica y cultural del país, abre puertas para que los diversos pueblos logren una autonomía que les permita proponer modelos de educación propia acorde con su forma de vida
Artículos 1, 2 y 7 Reconocen la diversidad y los grupos étnicos.
Artículo 67 Derecho público se promueve el servicio personal al conocimiento, ciencia, tecnología, cultura y valores.
Artículo 70 Promueve y fomenta el acceso a la educación cultural en igualdad de condiciones. -
Donde las instituciones educativas superiores deben aceptar sin prejuicios a los estudiantes a nivel de pensamiento, ideología, formas culturales, teniendo presente historia, religión, idiomas e identidades.
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Dentro de este plan general a largo plazo, se inscribe también el proyecto educativo, conocido como proyecto etnoeducativo comunitario -PEC- que, acorde con las expectativas de cada uno de los pueblos, garantiza la pertinencia de la educación y la permanencia cultural de los grupos étnicos en el contexto diverso de la nación. En sus artículos 55,58: habla sobre el reconocimiento, fomento y respeto por la identidad cultural de los grupos étnicos.
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Este dispone la educación para grupos étnicos, la cual hace parte del servicio público educativo y se sustenta en un compromiso de elaboración colectiva, donde los miembros de la comunidad en general, intercambian saberes y vivencias con miras a mantener, recrear y desarrollar un proyecto global de vida.
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Por el cual se reglamenta el Sistema Nacional de Cultura: Donde fomenta, promueve coordina y ejecuta programas y proyectos culturales en las entidades del orden nacional y territorial.
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Los discursos socio-políticos se centraron en reconocer el derecho a la educación desde una visión renovada e integral, se implementaron leyes, declaraciones y garantías para ampliar los derechos de las poblaciones excluidas o silenciadas.
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Por la cual se establece el Día Nacional de la Afrocolombianidad: donde se celebra este día en homenaje a de la abolición de la esclavitud en Colombia.
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Posicionando la educación intercultural en todas las escuelas del sector público y privado donde vinculen culturas afrocolombianas, indígenas, gitanas, etc. que hacen parte de nuestra nacionalidad.
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Catedra de estudios afrocolombianos: Donde establece dictar la catedra y se traten temas pedagógicos relativos a las comunidades raizales integrándola en los procesos curriculares, que haga parte de las áreas obligatorias y fundamentales correspondientes a ciencias sociales.
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Donde se crea la comisión nacional del trabajo y la concertación para garantizar la educación a los pueblos indígenas y garantizando la igualdad en las condiciones laborales de estos grupos.
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Donde las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras; se establecen los requisitos para el Registro de Consejos Comunitarios y Organizaciones de dichas comunidades.
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En este se implementa la contratación y administración de la atención a la educación a los cabildos indígenas y organizaciones indígenas
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La UNESCO compila un documento en el que se reconoce el derecho a la educación, el derecho a la escolaridad, el derecho a aprender y el derecho a recibir un trato digno en condiciones de igualdad de oportunidades. Se plantea la calidad educativa, la educación intercultural bilingüe y la equidad de género.
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Donde enfatiza, generan estrategias y promueven el derecho a la educación intercultural basada en asequibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad.