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Es el documento que hace a México lo que es ahora, rige al Estado, derechos de ciudadanos. Promulgación del articulo 123, la ley que rige el derecho laboral en México.
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La naturaleza misma del régimen federal ocasionó problemas para interpretar las disposiciones constitucionales en los casos que trascendían el ámbito geográfico de las entidades federativas. Ante esa situación, en 1927 se creó la junta federal de conciliación y arbitraje (JFCQ) con el propósito de reglamentar la competencia en la resolución de conflictos laborales en el ámbito federal.
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La primera Ley Federal del Trabajo se decreto el 18 de agosto de 1931; en consecuencia, el presidente Pascual Ortiz Rubio otorgó plena autonomia al Departamento del Trabajo, hecho que le confirió una serie de atribuciones bien definidas.
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Se crea el manifiesto comunista del derecho del trabajo que es el antecedente oficial de lo que hoy conocemos como el derecho laboral moderno.
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Es un documento declarativo adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 10 de diciembre en Prís; en esta se recogen en sus 30 artículos los derechos humanos considerados básicos
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1.- Adolfo Lopez Mateos aparento sensibilidades sociales provocando la reforma del articulo 123 constitucional, al que agrego un apartado "B" para colocar en condición de notable inferioridad a los trabajadores al servicio del estado, y modifica diversas fracciones, que sustituye el viejo derecho a la estabilidad absoluta en el empleo, por una relativa que lleno de excepciones a la ley.
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La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo la evolución propició una serie de cambios laborales en muchos niveles: el establecimiento de nuevos derechos de la mujer trabajadora; la modificación al regimen de fijación de salarios y de participación de utilidades, y la federalización de diversas ramas industriales, entre otros..
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El congreso de la Unión, decretó, durante la administración de Jose López Portillo, una nueva Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Dicha legislación redifinió las atribuciones de la STPS, según se describe más adelante.
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1.- José López Portillo encarga a su secretario del trabajo, Pedro Ojeda Paullada el completar la reforma de 1970.
2.- Se pone de manifiesto la reiteración del corporativismo.
3.- Se reforma articulo 923 que permite no dar tramite aun emplazamiento de huelgas, si no cumplía con requisitos legales, facilitando el camino para la existencia de contratos de protección desconocidos por los trabajadores y favorables a las empresas. -
Es la que rige actualmente, en la presidencia de Gustavo Diaz Ordaz. que aun tiene unas fallas peros es cada vez más justa y toma en cuenta las necesidades de la comunidad