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Usuario llega por medio de consultorio jurídico virtual
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En cita con la Dra. Cardozo se le da viabilidad al caso, y se da visto bueno a demanda, al poder, al amparo de pobreza
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En cita con la Dra. González se da visto bueno a escrito de medidas cautelares y se da visto bueno para radicar demanda con anexos.
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Se radica la demanda el 16 de noviembre de 2021
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En acta individual de reparto se evidencia que el caso le correspondió al juzgado 11 de familia
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En estado No. 91 se inadmite demanda
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Se envía por medio de correo electrónico demanda subsanada, junto con memorial de subsanación, previo visto bueno.
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En estado No. 6 el despacho libra mandamiento de pago.
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El despacho envió los oficios a migración Colombia y Compensar EPS
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Migración Colombia responde al despacho indicando que quedó inscrita el impedimento de salida del país de la señora Lux Stella Bello.
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En visita presencial al despacho, indican que no han recibido respuesta de los datos que se le solicitaron a compensar, y sin eso ellos no pueden pronunciarse acerca de las medidas cautelares