Ley general del turismo 1 638

Ley General del Turismo

  • Articulo 14
    14

    Articulo 14

    El atlas turistico concurre a las Entidades Federativas y Municipales.
  • Articulo 15
    15

    Articulo 15

    Fomento de cadenas productivos tanto de los municipios y estados para activación de economía local.
  • Articulo 16
    16

    Articulo 16

    Promover el turismo social juntos con varias dependencias del gobiernos impulsaran a la secretaria para fomentar este turismo.
  • Articulo 17
    17

    Articulo 17

    La secretaria y los prestadores de servicios turisticos participaran en unión con el objetivo de que se cumplan los artículos de la Ley General del Turismo.
  • articulo 18
    18

    articulo 18

    Secretaria fomenta la inclusión de personas discapacitadas en actividades turisticas.
  • articulo 19
    19

    articulo 19

    Los prestadores de servicios deben tener accesibilidad con las personas que tengan alguna discapacidad. .
  • Articulo 20
    20

    Articulo 20

    Activación de la difusión cultural dentro de toda la republica a través de la secretaria.
  • Articulo 21
    21

    Articulo 21

    Se promoverá con programas el turismo entre secretaria de cultura y turismo.
  • Articulo 22
    22

    Articulo 22

    Plan Nacional de Desarrollo
  • Articulo 23
    23

    Articulo 23

    La ecología va de la mano a las actividades a desarrollar por lo que es importante que se controlen para no dañar estas zonas.
  • Articulo 25
    25

    Articulo 25

    Su ordenamiento se llevara a cabo a través de la ley general del equilibrio ecológico..
  • Articulo 26
    26

    Articulo 26

    Cundo algun atractivo se comparte con otro estado se dividen las responsabilidades y se buscan estrategias para lograr un mejor desarrollo.
  • Articulo 27
    27

    Articulo 27

    Se propondrán criterios de ordenamiento turístico,
  • Articulo 28
    28

    Articulo 28

    Los ordenamientos determinan los lineamientos de ejecución.
  • 29

    Articulo 29

    Los procedimientos se conforman por concordantes y autoridades.
  • 30

    Articulo 30

    La secretaria respalda el ordenamiento
  • 31

    Articulo 31

    Se pueden declarar las zonas de desarrollo sustentable para zonas turisticas asi como fomento para el empleo.
  • 32

    Articulo 32

    Las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable no permite que formen parte de ello las Zonas naturales protegidas.
  • 33

    Articulo 33

    La Secretaría llevara de la mano por así decirlo a la Zona de Desarrollo Turístico para tener una solicitud de declaratoria viable según el reglamento.
  • 34

    Articulo 34

    Una declaratoria de la Zona de Desarrollo Turístico deberá tener muy bien establecida la delimitación geográfica de la zona para no tener problema a futuro.
  • 35

    Articulo 35

    Todo decreto de la Zona de Desarrollo se emitirá por el Ejecutivo Federal el cual será publicado por el Diario Oficial de la Federación.
  • 36

    Articulo 36

    Creación de programas para la coordinación con las dependencias.
  • 37

    Articulo 37

    Desarrollo de campañas de promoción turística a nivel nacional y extranjero con el fin de aumentar el turismo.
  • 38

    Articulo 38

    Se derroga.
  • 39

    Articula 39

    Se derroga.
  • 40

    Articulo 40

    Se derroga.
  • 41

    Articulo 41

    Se derroga.
  • 42

    Articulo 42

    Planeación y fomento de programas para la promoción del turismo publico y privado.
  • 43

    Articulo 43

    Los créditos que obtenga de fuentes nacionales e internacionales, créditos que obtenga de fuentes nacionales e internacionales e ingresos fiscales que se obtengan de manera proporcional.
  • 44

    Articulo 44

    Realizar proyectos de desarrollo turistico.
  • 45

    Articulo 45

    El fondo cuenta con un comité técnico que se integra por una o mas personas dependiendo de las Secretarías.
  • 46

    Articulo 46

    La Secretaría regula la operación del Registro Nacional de Turismo.
  • 46

    Articulo 46

    El Registro Nacional del Turismo es un catalogo público en el cual puedes buscar cualquier tipo prestador de servicios turísticos que ofrece nuestro país y así ver que sean viables a la hora de contratar.
  • 48

    Articulo 48

    Todos los prestadores de servicios deben estar inscritos en el registro nacional de turismo.
  • 49

    Articulo 49

    El Registro Nacional deberá de promover una campaña de publicidad de información que sea visible al público.
  • 50

    Articulo 50

    La Secretaría difundirá información acerca del Registro Nacional de Turismo con el objetivo de que se haga público.
  • 51

    Articulo 51

    Todos los datos del registro nacional de turismo queda resguardado por la secretaria debido a que es quien las resguarda.
  • 52

    Articulo 52

    Todo prestador turístico que esté inscrito al Registro Nacional de Turismo tendrá un certificado otorgado por la Secretaría el cual se acreditará su calidad como prestador de servicio turístico.
  • 53

    Articulo 53

    Toda relación entre turista y servidor turístico se regulará por medio de contratos ante la ley en el cual ambos sean beneficiados.
  • 54

    Articulo 54

    Para que los prestadores de servicios turisticos puedan operar deberán cumplir con los lineamientos de las normas oficiales mexicanas.
  • 55

    Articulo 55

    Cuando sean de carácter general y guarden relación directa con la especialización no se considerarán discriminatorias en contra de las personas
  • 56

    Articulo 56

    La Secretaría le envía a todos sus prestadores las Normas Oficiales Mexicanas que deben acatar.
  • 57

    Artciulo 57

    Los Prestadores de Servicios Turísticos tendrán como derecho participar en los Consejos Consultivos de Turismo.
  • 58

    Articulo 58

    Los Prestadores de Servicios Turísticos son obligados a anunciar su dirección, teléfono o correo electrónico en caso de una queja, informar al turista sobre los precios, tarifas que tiene cada servicio, etc.
  • 59

    Articulo 59

    Antes, durante y después de un servicio no habrá ninguna discriminación de ninguna persona.
  • 60

    Articulo 60

    Si los prestadores de servicios no cumplen con lo que le prometen al turista deberán reembolsarles su dinero o al menos una parte.