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La Contitución Política de los Estados Unidos Mexicanos estableció derechos de entre los que destacan inviolabilidad de correspondencia y domicilio, y mas adelante el secreto a las comunicaciones privadas.
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Se presenta por primera vez un proyecto de Ley Federal en la materia de proteccción de datos el cual fue rechazado por el Pleno de la LVII Legíslatura en Diciembre de 2004
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Datos personales: La información concerniente a una persona física, identificada o identificable, entre otra, la relativa a su origen étnico o racial, o que esté referida a las características físicas, morales o emocionales, a su vida afectiva y familiar, domicilio, número telefónico, patrimonio, ideología y opiniones políticas, creencias o convicciones religiosas o filosóficas, los estados de salud físicos o mentales, las preferencias sexuales, u otras análogas que afecten su intimidad.
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Incluyó la previsión general respecto a la protección de datos en posesión de datos del sector público.
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En este ordenamiento se contempló un capítulo de protección de datos personales, se establecen principios generales que rigen el tratamiento de datos personales en pocesión de los entes públicos.
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Se prevé la necesidad de contar con una ley federal que garantice la protección de datos personales en poder de los particulares, en los principios y tratados internacionales.
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Dicha reforma tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulaes.
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Su finalidad es reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía fundamental y autónoma.
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Aplica para los datos que estén en pocesión de privados.
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Su objetivo es proteger los datos personales con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y derecho a la autodeterminación informativa de las personal.