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Permite que los médicos psiquiatras examinen a los menores y a partir de ello propongan medidas convenientes para los menores acorde al caso.
Permite que los Delegados de Estudio y Vigilancia observen el medio en que el menor vive y propongan al Juez la adopción de medidas que crean más ventajosas.
Las apreciaciones que hagan los peritos deberán quedar consignadas en actas. -
Introduce la prueba de ADN para establecer la filiación.
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El defensor de familia oirá el concepto de los profesionales que hacen parte del equipo técnico con el fin de obtener certeza y escoger la medida de protección mas aconsejable.
También el juez en los casos de menores internados en centros especializados solo permitirá su salida con fundamento en diagnostico sociofamiliar. -
Se aprueba la convención de los derechos del niño.
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Los conceptos emitidos por cualquiera de los integrantes del equipo técnico tendrán el carácter de dictamen pericial.
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Considera el dictamen pericial como medio de prueba el cual deberá ser emitido por institución o profesional especializado y este será objetivo e imparcial.
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Los informes de los equipos técnicos interdisciplinarios se incorporan como prueba para definir el tramite a seguir en los procesos de restablecimiento de derechos.