LEY 11.867. Transmisión de establecimientos comerciales e industriales.

  • 1 CE

    Pasos a seguir para realizar la transferencia Art 2

    Se deberá publicar un aviso por cinco días en el Boletín Oficial y en periódicos del lugar. Indicando como mínimo ciertos aspectos: clase y ubicación del negocio, nombre y domicilio del vendedor y comprado y nombre y domicilio del rematador y escribano
  • 2

    Art 3

    El interesado en realizar la transferencia deberá entregar al comprador una nota firmada con al menos: detalle de los créditos adeudados, nombre y domicilio de los acreedores, montos de los créditos adeudados y si existen (fechas de vencimientos)
  • 3

    Art 4

    Los acreedores cuentan con diez días para demostrar su oposición a dicha transferencia, la cual deberá enviársela al presunto comprador, rematador o escribano.
    Una vez recibido el reclamo la persona se encuentra obligado de retener el importe correspondiente y posibilitarlo en cuenta judicial
  • 4

    Art 5

    Una vez que la persona que se opone recibe la notificación tendrá 20 días para trabar embargo judicial, sino lo hace el depositante estará autorizado a retirar la suma
  • 5

    Otorgamiento del documento de transferencia

    Solo podrá firmarse luego de 10 días desde la ultima publicación
  • 6

    Condiciones indespensarias

    La transferencia no podrá ser realizada a un precio inferior al de los créditos constitutivos del pasivo confesados (y no confesados) por el vendedor.