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Legislación Patrimonial, principales acontecimientos

By Silce
  • BERNA Patrimonio Natural

    BERNA Patrimonio Natural
    Hacia 1913 en Berna, proclamaron un principio revolucionario: el patrimonio natural es propiedad de toda la
    humanidad y no sólo del país en cuyo territorio está enclavado.
  • ATENAS, Debate

    ATENAS, Debate
    Los amantes del arte, la arquitectura y la historia se reunieron en Atenas, en 1931, para debatir sobre el
    patrimonio cultural de la humanidad. Estos esfuerzos se vieron interrumpidos por la Segunda Guerra Mundial.
    Pero la enorme destrucción de obras artísticas, monumentos y ciudades antiguas que generó este conflicto dio
    un nuevo impulso al empeño de conservación.
  • ARGENTINA

    ARGENTINA
    CREACION DE LA COMISION NACIONAL DE MUSEOS, MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS
    Ley 12.665
    BUENOS AIRES, 30 de Septiembre de 1940
  • ONU, Carta fundacional- UNESCO

    ONU, Carta fundacional- UNESCO
    En 1945, treinta y siete países suscribieron la Carta fundacional de la Organización de las Naciones Unidas
    (ONU). Los signatarios consideraron que la preservación de la paz y la comprensión entre todos los seres
    humanos eran las tareas más urgentes de ese momento. En el marco de las Naciones Unidas, los Estados
    Miembros decidieron crear la UNESCO, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la
    Cultura.
  • LA HAYA, Convención

    LA HAYA, Convención
    En 1954 se firmó en La Haya, Países Bajos, una Convención para la protección de bienes culturales en caso de
    conflicto bélico. Este acuerdo fue el primer instrumento jurídico internacional destinado exclusivamente a la
    protección del patrimonio cultural.
  • UNESCO, Convención sobre las Medidas que Deben Adoptarse para Prohibir e Impedir la Importación, la Exportación y la Transferencia de Propiedad Ilícitas de Bienes Culturales (París, 1970)

    UNESCO, Convención sobre las Medidas que Deben Adoptarse para Prohibir e Impedir la Importación, la Exportación y la Transferencia de Propiedad Ilícitas de Bienes Culturales (París, 1970)
    La Convención de 1970 solicita a sus Estados Partes actuar esencialmente en el establecimiento de medidas preventivas como la realización de inventarios, certificados de exportación, medidas de control y aprobación de los marchantes de bienes culturales, aplicación de sanciones penales o administrativas, y campañas de información, promoviendo la cooperación activa entre países para el correcto cumplimiento de la convención.
  • UNESCO, Convención

    UNESCO, Convención
    La Convención de 1972 para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural establece que ciertos
    lugares de la Tierra con un “valor universal excepcional” pertenecen al patrimonio común de la humanidad.
  • PARIS, Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural

    PARIS, Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural
    El Patrimonio Cultural y Natural estaban cada vez más amenazados por la destrucción de las causas habituales de deterioro y la evolución de la vida social y económica.
    Cada país se compromete a asegurar la buena conservación de los sitios del patrimonio mundial que se encuentren en su territorio, a dotarse de personal y de servicios en sus sitios, a emprender estudios científicos y técnicos sobre la conservación y a tomar medidas para conceder a este patrimonio una función en la comunidad
  • ARGENTINA, Reforma Constitucional

    ARGENTINA, Reforma Constitucional
    Desde la sanción de la Reforma Constitucional de 1994 se ha
    ampliado la noción de patrimonio adaptándola a las convenciones internacionales, lo cual aumenta la
    importancia de la enseñanza patrimonial tanto en la Nación como en las provincias.
  • ROMA, Convenio UNIDROIT

    ROMA, Convenio UNIDROIT
    UNESCO pidió a UNIDROIT el desarrollo de un Convenio sobre los bienes culturales robados o exportados ilícitamente, adoptado en 1995, como complemento a la Convención de 1970. En este Convenio, los Estados se centran en un tratamiento uniforme en cuanto a la restitución de objetos culturales robados o ilícitamente exportados y permite que se proceda con las demandas directamente a través de tribunales nacionales.
  • PARIS, Convención Protección del Patrimonio Cultural Subacuático

    PARIS, Convención  Protección del Patrimonio Cultural Subacuático
    La Convención de la UNESCO sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático, adoptada en 2001, tiene por objeto permitir a los Estados mejorar la protección de su patrimonio subacuático.
  • PARIS, Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial

    PARIS, Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial
    UNESCO. El patrimonio cultural no se limita a monumentos y colecciones de objetos, sino que comprende también tradiciones o expresiones vivas heredadas de nuestros antepasados y transmitidas a nuestros descendientes, como tradiciones orales, artes del espectáculo, usos sociales, rituales, actos festivos, conocimientos y prácticas relativos a la naturaleza y el universo, y saberes y técnicas vinculados a la artesanía tradicional.
  • PARIS, Convención sobre la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales

    PARIS, Convención sobre la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales
    La Convención de 2005 es un acuerdo internacional jurídicamente vinculante que garantiza que los profesionales de la cultura puedan producir una amplia gama de bienes y servicios culturales.
    Tiene como objetivos principales la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales, la creación de condiciones para que las culturas puedan interactuar libremente y el fomento del diálogo entre culturas a fin de garantizar intercambios culturales en pro del respeto intercultural