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El patrimonio natural es propiedad de toda la humanidad y no sólo del país en cuyo territorio está enclavado.
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La legislación sobre patrimonio arqueológico argentino inicia en 1913, al sancionarse la Ley Nacional Nº 9.080.La misma exigía el «interés científico» de los yacimientos para que contaran con la protección legal, y establecía la propiedad nacional de las mismas, dejando en tres museos (Museo de Ciencias Naturales de Buenos Aires, de La Plata y Etnográfico de Buenos Aires), la
responsabilidad de ponerla en práctica. -
Para debatir sobre el patrimonio cultural de la humanidad.
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En 1940, se crea la Comisión de Museos, Monumentos y Sitios Históricos constituyendo un gran avance.
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Treinta y siete países suscribieron la Carta fundacional de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
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Convención para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado.
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Este acuerdo fue el primer instrumento jurídico internacional destinado exclusivamente a la protección del patrimonio cultural.
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Convención sobre Medios para Prohibir y Prevenir la Importación, Exportación y Transferencia Ilícita de Bienes Culturales
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La Convención para la Protección del Patrimonio Natural y Cultural
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Establece que ciertos lugares de la Tierra con un “valor universal excepcional” pertenecen al patrimonio común de la humanidad.
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Desde la sanción de la Reforma Constitucional de 1994 se ha ampliado la noción de patrimonio adaptándola a las convenciones internacionales, lo cual aumenta la importancia de la enseñanza patrimonial tanto en la Nación como en las provincias.
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Con el fin de incrementar la cooperación internacional, la UNESCO pidió a UNIDROIT el desarrollo de un Convenio sobre los bienes culturales robados o exportados ilícitamente, adoptado en 1995, como complemento a la Convención de 1970. .
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Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático, prevé un sistema de cooperación pormenorizado, a fin de que los Estados puedan llevar a cabo esa protección y
prevé normas prácticas comúnmente reconocidas para el tratamiento e investigación del Patrimonio Cultural Subacuático. -
Con fecha 17 de octubre del año 2003, la Asamblea General de la UNESCO aprueba la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial como un instrumento efectivo para proveer a los Estados miembros de la ONU un marco normativo que atienda las necesidades de reconocer, valorar y fortalecer los diversos elementos culturales que constituyen el patrimonio inmaterial para las comunidades e individuos que lo hacen sostenible.
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Afirmando que la diversidad cultural es una característica esencial de la humanidad,
Consciente de que la diversidad cultural constituye un patrimonio común de la humanidad que debe valorarse y preservarse en provecho de todos,