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Ley 75 del 1968: Crea y define el propósito del ICBF, de "proteger a los menores y en general, mejorar la
estabilidad y bienestar de las familias colombianas" (Artículo 53). También estableció el
proyecto piloto Centros de Bienestar Familiar y recomendó enlaces entre grupos comunitarios,
familias y protección infantil. -
Ley 27 del 1974: Creó los Centros de Atención Integral al Preescolar (CAIP), y estableció su financiación con
base en el 2% del valor de la nómina mensual de entidades públicas y privadas. -
Ley 07 del 1979: La enmienda a la Ley 27 amplía el acceso a una porción mayor de la población, adicional a
los hijos de madres trabajadoras. -
Ley 89 del 1988: Introdujo el proyecto de Hogares Comunitarios de Bienestar (HCB), a fin de abordar la
pobreza y proporcionar servicios de cuidado a los niños menos favorecidos. -
Constitución Política de Colombia 1991: Fue promulgada en la Gaceta Constitucional número 114 del jueves 4 de julio de 1991, y también se le conoce como la Constitución de los Derechos Humanos.
En 1991, el ICBF introdujo el programa Familia, Mujer e Infancia (FAMI), dirigido a niños
menores de 2 años de edad y mujeres embarazadas y lactantes en condiciones de pobreza
extrema. -
Ley
115 de 1994: Estableció la educación preescolar para promover el "desarrollo biológico, cognitivo,
psicomotor, socio económico y espiritual integrado de los niños a través de experiencias
de socialización en la enseñanza y la recreación". También declaró obligatorio el grado de
transición (Grado 0) (Artículo 15, Ley 115/94). -
Decreto 2247 de
1997: Establece normas específicas para el MEN respecto a la educación preescolar -
Ley 1098 del 2006: Estableció la obligación de diseñar, ejecutar y evaluar las políticas para niños y adolescentes, y declaró que todos los niños en edad de Educación Inicial y Atención Integral a la Primera Infancia tienen el derecho a un desarrollo integral.
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Resolución 1064 de 2007: ICBF,se establecen lineamientos relacionados con el derecho a la educación de los niños y niñas vinculados a los programas de primera infancia del ICBF.
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Conpes 109 del 2007: Instituyó la Política Pública Nacional de EIAIPI como la forma de promover el desarrollo integral de los niños desde el nacimiento hasta los 6 años de edad, satisfacer sus necesidades y contribuir a abordar la inequidad en Colombia. Igualmente creó una alianza entre el MEN, el ICBF y el Ministerio de Protección Social para implementar el Programa de Atención Integral a la Primera Infancia (PAIPI).
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Ley 1295 del 2009: Reglamentó la EIAIPI como atención integral a los niños, en particular para aquellos clasificados en los niveles 1, 2 y 3 del SISBEN.
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Decreto 4875 del 2011: Estableció la Comisión Intersectorial de Primera Infancia (CIPI), a fin de coordinar políticas, planes, programas y acciones de los distintos actores nacionales (véase la Figura 2.1) bajo la coordinación de la Alta Consejería Presidencial de Programas Especiales de la Presidencia de la República, la cual garantizará lo necesario para implementar el programa integral de EIAIPI.
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Ley 1804 de 2016: se establece la política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre y se dictan otras disposiciones. La presente iniciativa legislativa tiene el propósito de establecer la Política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre, la cual sienta las bases conceptuales, técnicas y de gestión para garantizar el desarrollo integral, en el marco de la Doctrina de la Protección Integral.