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En el período de la Colonia no se conocía ningún establecimiento que se dedicara a Atender exclusivamente a niños en edad preescolar o tutores, salvo aquellos niños abandonados que vivían en los hospicios o asilos regentado Por algunas congregaciones religiosas, donde se adelantaban algunas actividades recreativas y pedagógicas como labor preparatoria para su ingreso a la escuela.
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.Con la sanción de la ley 75, nace el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, promovido por el presidente Lleras Retrepo y su esposa, Cecilia de la Fuente. Si bien originalmente su propósito es cuidar de la niñez desamparada, hoy se interesa por “el desarrollo y la protección integral de la primera infancia, la niñez, la adolescencia y el bienestar de las familias colombianas”.
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Las nuevas realidades sociales a las cuales se vienen enfrentando la niñez, los
desarrollos conceptuales, los modelos de desarrollo económico, las tendencias
surgidas de los procesos de globalización, modernización del Estado y
descentralización, han marcado transformaciones importantes en la formulación
de las políticas públicas del país, en particular, las orientadas a la primera infancia. -
proceso que se continua con la creación mediante la ley 27 de 1974 de los Centros de Atención Integral al Preescolar CAIP, orientados a la atención de los hijos de los trabajadores, los cuales posibilitaron el diseño y puesta en marcha de varios programas.
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Como el primer nivel del sistema educativo formal por parte del Ministerio de Educación Nacional. Decreto No.088 de 1976.
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Ley 7 de 1979, que establece las normas para proteger a los niños y niñas, promover la integración familiar, garantizar los derechos del niño y de la niña y ejercer funciones de coordinación de las entidades estatales, relacionadas con los problemas de la familia y del menor.
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La relación entre educación preescolar y primaria
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Equidad social y educación
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Establece que "la educación será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y comprenderá como mínimo un año de preescolar".
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La ley 115 de 2001 definió las competencias y recursos para la prestación de servicios sociales (Salud y educación), gracias a esta ley se amplia la cobertura del grado preescolar y se asignan recursos para la alimentación escolar.
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Aprobación del CONPES 091 2005 donde se definen metas y estrategias, en cuanto ala primera infancia uno de los objetivos es la erradicación de la pobreza extrema,reducir la mortalidad infantil en menores de cinco años y mejorar la salud sexual y reproductiva.
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Ley 1098 de 2006, Esta ley establece en su Artículo 29 el derecho al desarrollo integral de la primera infancia.
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Aprobación del CONPES 109, donde se fija estrategias metas y recursos al Ministerio de la Protección Social, Ministerio de Educación, ICBF con un gran fin de garantizar la atención integral ala primera infancia.
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Se promulga la Ley 1295 de 2009 donde se reglamente la atención de los niños y niñas de la primera infancia de los sectores 1,2 y 3 de Sisbén, con la que el Estado plantea contribuir a la calidad de vida de las madres gestantes y a garantizar los derechos de las niñas y los niños desde su gestión.