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By bren69
  • acuerdo secretarial 12 de mayo 2018

    acuerdo secretarial 12 de mayo 2018
    toda persona tiene derecho a recibir educación; la educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los derechos humanos
    Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexican
  • acuerdo secretarial 12 de mayo 2018

    Artículo 5.- Definiciones.
    ACUERDO 12/10/17
  • CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

    CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
    el Presidente Álvaro Obregón fundó la Secretaría de Educación Pública y designó a José Vasconcelos como suprimer titular.
  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
    se modificó el artículo 3° constitucional vigente desde 1917- para establecer el carácter socialista de la educación.
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    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Durante el gobierno de Lázaro Cárdenas se buscó democratizar el acceso a la educación, se impulsó el combate al analfabetismo, y se apoyó la educación rural y la indígena En 1934 se modificó el artículo 3° constitucional vigente desde 1917- para establecer
  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
    se organizó la Comisión Revisora y Coordinadora de Planes Educativos, Programas de Estudio y Textos
  • LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ART 7

    LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ART 7
    I. Contribuir al desarrollo integral del individuo
  • LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ART 7

    LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ART 7
    V. Infundir el conocimiento y la práctica de la democracia como la forma de gobierno y convivencia que permite a todos participar en la toma de decisiones al mejoramiento de la sociedad;
  • LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ART 7

    LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ART 7
    VI Promover el valor de la justicia, de la observancia de la Ley y de la igualdad de los individuos ante ésta, propiciar la cultura de la legalidad, de la inclusión y la no discriminación, de la paz y la no violencia
  • LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ART 7

    LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ART 7
    VI Bis. Fomentar la valoración de la diversidad y la cultura de inclusión como condiciones para el enriquecimiento social y cultural;
  • LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ART 7

    LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ART 7
    XIII. Fomentar los valores y principios del cooperativismo.
  • LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ART 8

    LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ART 8
    luchará contra la ignorancia y sus causas y efectos, las servidumbres, los fanatismos, los prejuicios, la formación de estereotipos, la discriminación y la violencia especialmente la que se ejerce contra las mujeres y niños, debiendo implementar políticas públicas de Estado orientadas a la transversalidad de criterios en los tres órdenes de gobierno.
  • LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ART 8

    LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ART 8
    III. Contribuirá a la mejor convivencia humana, tanto por los elementos que aporte a fin de robustecer en el educando, junto con el aprecio para la dignidad de la persona y la integridad de la familia, la convicción del interés general de la sociedad, cuanto por el cuidado que ponga en sustentar los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos los hombres, evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o de individu
  • LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ART 8

    LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ART 8
    IV. Será de calidad, entendiéndose por ésta la congruencia entre los objetivos, resultados y procesos del sistema educativo, conforme a las dimensiones de eficacia, eficiencia, pertinencia y equidad.
  • LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ART 20

    LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ART 20
    Las autoridades educativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, constituirán el sistema nacional de formación, actualización, capacitación y superación profesional para maestros que tendrá las finalidades siguientes
  • LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ART 20

    LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ART 20
    IV. El desarrollo de la investigación pedagógica y la difusión de la cultura educativa.
  • LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ART. 28 BIS

    LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ART. 28 BIS
    Las autoridades educativas federal, locales y municipales, en el ámbito de sus atribuciones, deberán ejecutar programas y acciones tendientes a fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas.
  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    se diseñó la Reforma Integral de la Educación Media Superior (RIEMS)
  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    , se planteó la ReformaIntegral de Educación Básica (RIEB).
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    acuerdo secretarial 12 de mayo 2018

    Programa Sectorial de Educación 2013-2018.
    "Asegurar la calidad de los aprendizajes en la educación básica y la formación integral de todos los grupos de la población." "Utilizar la información derivada de las evaluaciones en la toma de decisiones para mejorar la calidad de la educación y evitar el abandono escolar."
    Acuerdo 696
  • acuerdo secretarial 12 de mayo 2018

    acuerdo secretarial 12 de mayo 2018
    establecen normas generales para la evaluación, acreditación, promoción y certificación en la educación básica
    Acuerdo 696
  • acuerdo secretarial 12 de mayo 2018

    acuerdo secretarial 12 de mayo 2018
    establecen normas generales para la evaluación, acreditación, promoción y certificación en la educación básica
  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
    Durante la segunda mitad del siglo XX, el Estado logró alcanzar la cobertura cticamente universal en primaria y secundaria. En 2015, alrededor de 30 millones demexicanos de 15 años o más no habían concluido la educación básica, afectando en primerlugar a las mujeres indígenas adultas.
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    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    4.1 Un planteamiento curricular incluyente uno de los principales objetivos del planteamiento curricular es que los estudiantes aprendan a convivir, trabajar y relacionarse en gruposmulticulturales, bilingües, plurilingües, de contextos económicos y lugares de origen distintos, es decir, que se formen en lainterculturalidad y comprendan la diversidad como una fuente de enorme riqueza.
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    4.2 Condiciones equitativas para las escuelas se deben revisar, ajustar y flexibilizar losmanuales y reglamentos administrativos, de control escolar, de organización, de disciplina y técnico pedagógicos para que la normatividad escolar pueda dar respuesta a la diversidad y desigualdad del país. En el caso de los migrantes que retornan a nuestro país, es importante otorgar todas las facilidades administrativas y normativas para su reinserción al SEN.
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    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    4.3 Atención a niños, niñas y jóvenes indígenas e hijas e hijos de jornaleros agrícolas migrantes El Consejo Nacional de Fomento Educativo es un organismo descentralizado que tiene por objeto brindar servicios de educación inicial y básica bajo el modelo de educación comunitaria con equidad e inclusión social.
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    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    4.4 Transición de la educación especial a la educación inclusiva eliminar las barreras para el acceso, el aprendizaje, la participación y el egreso de estos estudiantes.
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    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    4.5 Igualdad de género en el sistema educativo se debe promover y facilitar el acceso de las jóvenes a la educación media superior es clave promover el acceso igualitario de las niñas y jóvenes a todos los niveles educativos y su plena participación en todas las áreas del conocimiento.
  • acuerdo secretarial 12 de mayo 2018

    acuerdo secretarial 12 de mayo 2018
    XII.- Educando(s), estudiante(s) o alumno(s)Niña, niño o adolescente con derecho a recibir una educación básica integral y de calidad en ambientes inclusivos. Acuerdo Secretarial 12-mayo 2018
    acuerdo 696
  • acuerdo secretarial 12 de mayo 2018

    acuerdo secretarial 12 de mayo 2018
    XIII.- Evaluación de logro de aprendizaje. Esta evaluación será sistemática y periódica, formativa o sumativa habrá de tomar en cuenta la diversidad social, lingüística, cultural y de capacidades, adoptar las medidas procedentes en apoyo al proceso de aprendizaje de los alumnos. Función: conducir a la mejora del aprendizaje, así como a la reflexión sobre el mejoramiento de la práctica docente.