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Rafael Uribe Uribe es el primero en tomar inicio con el tema de seguridad y salud en el trabajo
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Uribe pidió que se indemnizara a los trabajadores víctimas de accidentes de trabajo, aduciendo que si un soldado cae en un campo de batalla, o de por vida queda lisiado, porque si se le indemniza y a un trabajador que pierde su capacidad laboral en su batalla diaria por la vida no se le indemniza
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En 1904 Rafael Uribe Uribe trata específicamente el tema de seguridad en el trabajo en lo que posteriormente se convierte en la ley 57 de 1915 conocida como la "LEY URIBE" sobre accidentalidad laboral y enfermedades profesionales convirtiéndose como la primera ley relacionada con el tema de salud ocupacional.
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Por la cual se dicta una medida de salubridad pública y se provee a la existencia de habitaciones higiénicas para la clase proletaria
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Con la ley 37 de 1921 se estable el seguro de vida colectiva para empleados
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La ley 10 de 1934 reglamenta la enfermedad profesional, auxilio de cesantias, vacaciones y contratación laboral.
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Mediante el decreto 2350 de 1944 que promulgaba los fundamentos del Código Sustantivo del Trabajo y la obligación de proteger a los trabajadores en su trabajo
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En 1935, el Congreso promulgó la Ley Nacional de Relaciones Laborales, estableciendo normas nacionales para la negociación entre empleadores y empleados y la formación y perpetuación de los sindicatos. Estableció la Junta Nacional de Relaciones Laborales para conocer de las disputas entre empleadores y empleados que surjan en virtud de la ley y determinar qué organización laboral representará a una unidad de empleados.
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Mediante la ley 96 de 1938 se creo el ministerio de protección social.
El Ministerio de Salud y Protección Social es uno de los dieciséis ministerios del poder ejecutivo de Colombia en 2013. Es un ente regulador que determina normas y directrices en materia de temas de salud pública, asistencia social, población en riesgo y pobreza -
Mediante la ley 44 de 1939 da origen a la creación del seguro obligatorio e indemnizaciones para accidentes de trabajo, que junto al Decreto 2350 de 1944, promulgaron los fundamentos del Código Sustantivo del Trabajo y la obligación de proteger a los empleados en el mismo..
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En el año 1945 cuando se cementan las bases de la salud ocupacional en Colombia al ser aprobado por la ley 6 (ley general del trabajo) por la cual se promulgan disposiciones relativas a las convenciones de trabajo. A esta se le hicieron enmiendo con los decretos 1600 y 1848 de 1945.
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El Instituto de Seguros Sociales (ISS), a veces Seguro Social y antiguamente Instituto Colombiano de Seguros Sociales fue una entidad pública del Estado colombiano creada el 26 de diciembre de 1946 encargada de la seguridad social, principalmente de los empleados del sector privado con empleo formal.
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Por el cual se reglamenta la Ley 77 de 1948; el funcionamiento de la Oficina Nacional de Medicina e Higiene Industrial del Ministerio del Trabajo. Es decir La Sección de Medicina e Higiene Industrial, que funcionaba como dependencia del Departamento Nacional del Trabajo, tendrá funciones propias de acuerdo con la Ley 77 de 1948 y se denominará Oficina Nacional de Medicina e Higiene Industrial del Ministerio del Trabajo.
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El ISS empezó a prestar servicios el 26 de septiembre de 1949, comenzó a operar con los únicos seguros de enfermedad general y maternidad, y en 1965 se hizo extensivo a accidentes de trabajo y enfermedad profesional; en 1967 siendo presidente el Doctor Carlos Lleras Restrepo, se ampliaron los beneficios a los riesgos de invalidez, vejez y muerte. Y con el decreto 3767 de 1949 se establece políticas de seguridad industrial e higiene para los establecimientos de trabajo.
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El Plan Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST busca con la intervención de varias disciplinas y con la participación activa de
todos los niveles de la entidad, mejorar las condiciones de trabajo y de salud de los servidores, mediante acciones
coordinadas de promoción de la salud, la prevención y el control de los riesgos, de manera que faciliten el bienestar de los
servidores en general. -
La medicina del trabajo es la especialidad medica que se dedica al estudio de las enfermedades y los accidentes que se producen por causa o consecuencia de la actividad laboral, así como las medidas de prevención que deben ser adoptadas para evitarlas o aminorar sus consecuencias. Se considera a Bernardino Rammazzini como el padre de la Medicina del trabajo.
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Para los efectos de aplicación de esta Ley se entenderán por condiciones sanitarias del Ambiente las necesarias para asegurar el bienestar y la salud humana.
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El sistema de seguridad social integral es el conjunto de instituciones, normas y procedimientos, de que disponen la persona para gozar de una calidad de vida, mediante el cumplimiento progresivo de los planes y programas que el Estado desarrolle para proporcionar la cobertura integral de las contingencias, especialmente las que menoscaban la salud y la capacidad económica, de los habitantes, con el fin de lograr el bienestar individual y la integración de la comunidad.
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Que el trabajo en alturas está considerado como de alto riesgo debido a que en las estadísticas nacionales, es una de las primeras causas de accidentalidad y de muerte en el trabajo.
por lo que se hace necesario establecer el Reglamento de Seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas. -
El Programa de Salud Ocupacional que tienen las empresas toma un nuevo nombre: "Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo". Además, dejará de ser un documento que reposa en un archivo en el que nadie revisa, ni le hace seguimiento, para convertirse en la guía de una política a la que se le hace seguimiento y mejora continua.